Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 9/9/2022

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6457 - 09/09/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 359

Que finalmente, se le imputó la presunta infracción al artículo 12 de la Ley 941, cuyo texto reza: Artículo 12 -Declaración jurada - Los/as administradores/as inscriptos/as en el Registro creado por esta ley, deben presentar anualmente un informe con el siguiente contenido, el que tendrá carácter de declaración jurada: a Listado actualizado de los consorcios que administra, consignando si lo hace a título gratuito u oneroso; b Copia de las actas de asamblea relativas a rendiciones de cuentas; c Detalle de los pagos de los aportes y contribuciones previsionales, de seguridad social, y cualquier otro aporte de carácter obligatorio, seguro de riesgo de trabajo y cuota sindical si correspondiese, relativos a los trabajadores de edificios dependientes de cada uno de los consorcios que administra; d Detalle de los pagos efectuados en concepto de mantenimientos e inspecciones legalmente obligatorios; e Declaración jurada patrimonial ante el consorcio y aprobada por este, destinado a garantizar sus responsabilidades como administrador. Esta declaración podrá sustituirse por la constancia de la constitución a favor del consorcio de propietarios, a cargo del administrador, de un seguro de responsabilidad profesional emitido por una compañía de seguros. Se exceptúa de las obligaciones impuestas en este artículo a los/as administradores/as voluntarios/as gratuitos/as.;
Que dicha imputación se fundó en el informe IF-2021-36755058-GCABA-DGDYPC
emitido por el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal, del cual surgiría que habiendo vencido el plazo dispuesto por las Disposiciones DI-2019-1302-DGDYPC, DI-2020-1780-DGDYPC y DI-2021-844DGDYPC, la administradora no habría presentado las declaraciones juradas 501
correspondientes al año 2020, así como tampoco las declaraciones juradas de consorcios 504 de los períodos 2018, 2019 y 2020;
Que sobre este tema, la requerida manifestó que: Por mi parte, anualmente, doy cumplimiento a la obligación del art. 12, encomendando el trámite respectivo a la gestoría denominada GEDECO GESTION DE CONSORCIO S.A, quienes siempre efectúan las presentaciones anuales y jamás tuve problema alguno al respecto. Pero además, la imputación es totalmente falsa y para acreditarlo, adjunto los certificados de inscripción art.8, ley 941 que van desde el año 2018 al año 2021, lo que demuestra que las declaraciones juradas respectivas fueron presentadas, dado que ello es requisito indispensable para la emisión de dichos certificados
Que pese a lo alegado, es dable señalar que de la prueba aportada por la sumariada se advierten constancias de las presentaciones de las declaraciones juradas de su matrícula 501 pertenecientes a los años 2018, 2019, 2020 y 2021, pero no se acompañan elementos probatorios que permitan verificar la presentación de las declaraciones juradas de la totalidad de los consorcios administrados por la requerida 504;
Que en tal sentido, resulta preciso recordar que por imperio de lo establecido en el artículo 12 de la Ley 941, los administradores inscriptos por ante el mencionado Registro Público, tienen la obligación de presentar en forma anual, una declaración jurada relacionada a sus datos personales, así como de la totalidad de los consorcios declarados y administrados en el período anterior, de modo tal que la presentación realizada respecto de su matrícula no la exime de realizar la presentación de la totalidad de las declaraciones juradas de los consorcios administrados;
Que por otra parte, cabe mencionar que si bien de las constancias obrantes en autos se vislumbra que la sumariada presentó la declaración jurada de su matrícula perteneciente al período 2020 en el mes de septiembre del año 2021, no puede desconocerse que dicha presentación debería haberse efectuado en el mes de mayo de 2021, evidenciándose de esta forma que no se ha dado cumplimiento a los plazos establecidos por la normativa vigente;

BO-2022-6457-GCABA-DGCLCON

Página 359 de 586

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 9/9/2022

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date09/09/2022

Page count587

Edition count5612

Première édition06/08/1996

Dernière édition06/06/2024

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