Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 13/1/2020

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5778 - 13/01/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 67

Ministerio de Justicia y Seguridad
RESOLUCIÓN N. 14/AGC/20
Buenos Aires, 8 de enero de 2020
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad - Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510-GCABA/97 texto consolidado Ley N 6.017, y el Expediente N 393710/2011, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto tramita la solicitud de habilitación iniciada por el Sr. Diego Antonio Araujo, en carácter de Socio Gerente de la Sociedad "Rivadavia 1178 S.R.L respecto del inmueble sito en Av. Rivadavia N 1180, Planta Baja y Entrepiso - Unidad Funcional N 1, de esta Ciudad que funciona con el Rubro:
Instituto de Enseñanza - Academia Academia de Danzas y como actividad complementaria Bar Café S/ Disposición N 0832-DGIUR-2010; códigos 700.068, 602.020, Superficie: 209,68 metros cuadrados;
Que en tal sentido, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos intimó por un plazo de treinta 30 días al administrado a subsanar las observaciones efectuadas;
Que consiguientemente, la Sra. Marcela Duco, en carácter de profesional interviniente, se presentó e incorporó nueva documentación a los efectos de subsanar las observaciones intimadas.
Que posteriormente, mediante Informe de Rubros Rechazados y Motivos, la mencionada Dirección General, rechazó la presente solicitud de habilitación, siendo el administrado notificado por cédula;
Que así las cosas, a través de Presentación Agregar Nros. 001, 002, 003 y 004 el Sr.
Diego Antonio Araujo, en carácter de titular, adjuntó documentación e interpuso recurso de reconsideración;
Que consecuentemente, por Presentación Agregar N 005, la Sra. Marcela Duco, adjuntó nueva documentación;
Que en este orden de ideas, por medio de Disposición N 1116-GCABA-DGHP/19, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, desestimó el recurso de reconsideración deducido, siendo el administrado debidamente notificado;
Que finalmente mediante Presentación Agregar N 007 y 008, el Sr. Araujo interpuso nuevamente recurso de reconsideración y recurso jerárquico;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del recurso jerárquico en subsidio, conforme lo establecido en los términos previstos por el artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad - DNU Nº 1510-GCABA/97;
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 115 de la Ley de Procedimientos Administrativos Ciudad, dicho organismo asesor emitió el Dictamen N
IF-2019-38725951-GCABA-DGAIP opinando que no existen elementos o argumentaciones esgrimidas por parte de la impugnante, que lleven a adoptar un temperamento distinto
Por ello, y en uso de las facultades atribuidas por el artículo 11 inciso e de la Ley Nº 2.624 texto consolidado Ley N 6.017,
BO-2020-5778-GCABA-DGCCON

página 67 de 303

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 13/1/2020

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date13/01/2020

Page count304

Edition count5612

Première édition06/08/1996

Dernière édition06/06/2024

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