Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/11/2011

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3781 - 01/11/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N21

RESOLUCIÓN N. 797/MJYSGC/11
Buenos Aires, 26 de octubre de 2011
VISTO:
El Expediente Nº 1565273/11, e incorporados, y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el visto tramita la solicitud de subsidio por inundación previsto por la Ley Nº 1575, presentada por la Sra. Silvia Marcela Sapia, D.N.I. Nº 21.002.038, por los daños sufridos respecto del automóvil dominio EXA 104, presuntamente ocasionados por el fenómeno meteorológico de fecha 15 de febrero de de 2010;
Que por Resolución Nº 1142/SSEMERG/10, se denegó dicha solicitud, atento que el vehículo se encuentra radicado en extraña jurisdicción;
Que dicho acto administrativo se notificó el 30 de septiembre de 2010, interponiendo la administrada Recurso de Reconsideración contra el mismo con fecha 14 de octubre de 2010;
Que por Resolución Nº 4755/SSEMERG/10 notificada el 7 de enero de 2011, se denegó el Recurso incoado atento que el automóvil se encuentra radicado en extraña jurisdicción;
Que con fecha 10 de marzo de 2011 se notificó a la interesada sobre los términos del Artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad;
Que con fecha 14 de marzo de 2011 la Sra. Sapia realizó una presentación donde sostuvo que las prescripciones del Decreto Nº 664/10, en especial respecto la limitación del otorgamiento del subsidio a aquellos vehículos que se encuentran radicados en jurisdicción de la CABA, solo alcanzaría a reclamos posteriores a su dictado y que se formulen ante nuevos fenómenos de la naturaleza que ocasionen daños pero en modo alguno resulta aplicable a situaciones ya existentes, destacando lo establecido por el Artículo 3º del Código Civil respecto de la irretroactividad de las leyes;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico en subsidio en los términos de los Artículos 108 y 109 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la debida intervención emitiendo el Dictamen Nº 86189, indicando que la interesada no había cumplimentado la totalidad de los requisitos exigidos por la normativa aplicable, toda vez que el vehículo se encuentra radicado en extraña jurisdicción, motivo por el cual considera que corresponde desestimar el Recurso incoado;
Que el temperamento denegatorio del acto recurrido fue sostenido en el Dictamen PG
Nº 63354 del 4 de abril de 2008, en el cual consideró que no correspondía conceder el subsidio previsto en la Ley 1575 si el bien estaba radicado en extraña jurisdicción;
Que a mayor abundamiento en el Dictamen PG Nº 84807 del 19 de julio del 2011, sostuvo que si el vehículo no se encuentra radicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sería imposible materialmente para el peticionante cumplir las previsiones del marco normativo aplicable, que exige que el vehículo no registre mora en el Impuesto a las Patentes sobre Vehículos en General y cuya recaudación se encuentra a cargo de esta Administración.
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/11/2011

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date01/11/2011

Page count181

Edition count5611

Première édition06/08/1996

Dernière édition15/05/2024

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