Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 28/3/2011

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3631 - 28/03/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N36

total y acabado sino a un cumplimiento parcial dado que las circunstancias de hecho que se mencionan en el expediente no se subsumen dentro de la premisa normativa estipulada en la legislación;
Que, es a todas luces improcedente comparar las atribuciones de este organo ejecutivo con las de los otros poderes del estado como lo son el Legislativo y el Judicial;
Que, de actuar en oposición a lo estipulado en la Ley 404, y sus modificatorias, este organismo del Poder Ejecutivo se estaría arrogando facultades que la Constitución no le otorga;
Que, es potestad exclusiva del Poder Judicial llevar a cabo la correcta interpretación de las Leyes y su Constitucionalidad para los casos, como el sub examine, en donde se cuestione la constitucionalidad de alguna prerrogativa normativa;
Que, como se mencionara anteriormente, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tomo la debida intervención, previo al dictado de la Resolución Nº 24-SSJUS-2011 y determinó, expresamente, en su Dictamen PG-Nº 80875 del 2010, que correspondía desestimar la petición de solicitud de titularidad registral;
Que, en el caso dado no se cumple con la totalidad de los requisitos solicitados en la Legislación vigente y que por tal motivo la Procuración General de la Ciudad, en su calidad de organismo asesor, emitió su dictamen;
Que, la administrada no ha aportado pruebas ni hechos nuevos que promuevan la modificación de lo anteriormente expuesto;
Que, por todo lo expuesto, un decisorio distinto al recurrido no sería conforme a derecho;
Que, atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente Resolución, desestimando el Recurso de Reconsideración presentado por la administrada Vanesa Fandiño.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 2.075/07 y Nº 2.077/07, EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA
RESUELVE
Artículo 1º.- Desestímese el Recurso de Reconsideración presentado por la ciudadana Vanesa Fandiño, D.N.I. N 22.706.949, contra la Resolución Nº 24-SSJUS-2011.
Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá practicar notificación fehaciente a la interesada, y la correspondiente elevación al Ministerio de Justicia y Seguridad para la prosecución de su trámite, de acuerdo a lo establecido en los Arts. 107 y 108 del Decreto 1510/97. Cumplido, archívese. Presti
RESOLUCIÓN N. 49/SSJUS/11.
Buenos Aires, 21 de marzo de 2011
VISTO:
la Ley Orgánica Notarial N 404, el Decreto reglame ntario Nº 1624/00, la Ley Nº 2506, sus modificatorias y complementarias, los Decretos Nº 2.075/07 y Nº 2.077/07, y el expediente N 295.509/2011, y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 28/3/2011

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date28/03/2011

Page count196

Edition count5611

Première édition06/08/1996

Dernière édition15/05/2024

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