Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/7/2009

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3222 - 24/07/2009

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N63

que de lo que no existían dudas era de que el agente PALERMO tomó la determinación de mandar a reparar el instrumento sin que haya existido una autorización previa;
Que el comportamiento reprochado configura un incumplimiento de las obligaciones a su cargo, a tenor de la prescripción contenida en el artículo 10 de la Ley N 471, incisos a y ñ que en su parte pertinente rezan: Art. 10.-OBLIGACIONES. Los trabajadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen las siguientes obligaciones: a prestar personal y eficientemente el servicio en las condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad determinados por la autoridad competente, sea en forma individual o integrando los equipos que se constituyan conforme a las necesidades del servicio encuadrando su cumplimiento en principios de eficiencia, eficacia y productividad laboral, ñ seguir la vía jerárquica correspondiente en las peticiones y tramitaciones,
Que por tanto, la conducta del agente ha quedado aprehendida en la previsión contenida en el Artículo 47, inciso e de la Ley N 471, que prescribe: Art. 47 -APERCIBIMIENTO Y SUSPENSION. Son causales para la sanción de apercibimiento y suspensión: e incumplimiento de las obligaciones y quebrantamiento de las prohibiciones establecidas en los artículos 10 y 11 de la presente Ley.
Que por lo expuesto en los considerandos precedentes procede atribuir responsabilidad al Sr. PALERMO respecto del segundo hecho configurante del cargo imputado;
Que a los fines de la graduación de la sanción a ser propiciada, se tiene en cuenta la entidad formal del hecho cuestionado, que el encartado no registra antecedentes en materia de aplicación de sanciones disciplinarias y el buen concepto merecido;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, emitiendo el dictamen N 43.054;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N 2506, EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
Artículo 1.- Sanciónase con cinco 5 días de suspensión al agente Guillermo Jorge PALERMO Ficha N 333.012 en orden al cargo de En su carácter de Solista de Trompeta de la Banda Sinfónica de la Ciudad de Buenos Aires: 2 Haber decidido, el día 01/06/04, dar en reparación el instrumento mencionado precedentemente trompeta modelo Stradivarius 180 M.L. marca Vicent Bach N 149.205 perteneciente al patrimonio de la Dirección General de Música , en forma inconsulta, a una empresa de su elección Ludueña Instrumentos Musicales , sin autorización previa de la Superioridad, en razón de considerar infringido el Artículo 10, incisos a y ñ de la Ley N471, quedando aprehendida su conducta en la previsión contenida en el Artículo 47, inciso e de dicho texto legal.
Artículo 2.- Declarar al agente Guillermo Jorge PALERMO exento de responsabilidad en relación al restante hecho configurante de la imputación que le fuera dirigida: En su carácter de Solista de Trompeta de la Banda Sinfónica de la Ciudad de Buenos Aires:
1 No haber adoptado los recaudos de cuidado y conservación necesarios para evitar que la trompeta, modelo Stradivarius 180 M.L. marca Vicent Bach N 149.205
perteneciente al patrimonio de la Dirección General de Música y asignada entre los días 13 y 26/05/04 a su exclusivo cargo, sufriera diversos daños que la inutilizaron para su uso.
Artículo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Música, a la Dirección General Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y notifíquese al agente Guillermo Jorge PALERMO Ficha N 333.012, expresando en la notificación que si el mismo tuviese tutela sindical los efectos del acto se suspenderán

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/7/2009

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date24/07/2009

Page count181

Edition count5611

Première édition06/08/1996

Dernière édition15/05/2024

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