Boletín Oficial de Cantabria del 29/12/2021 - Ordinario

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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario

MIÉRCOLES, 29 DE DICIEMBRE DE 2021 - BOC NÚM. 249

7.5. VARIOS
UNIVERSIDAD DE CANTABRIA
CVE-2021-10428

Resolución Rectoral R.R. 887/21, de 21 de diciembre de 2021, por la que se publica la Normativa de Permanencia de la Universidad de Cantabria para Estudios Oficiales de Grado y Máster.

Aprobada la Normativa de Permanencia de la UC para Estudios Oficiales de Grado y Máster por el Consejo Social de la Universidad de Cantabria, en su sesión extraordinaria del día 9
de septiembre de 2021, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8.e de la Ley de Cantabria 4/2018, de 15 de junio, por el que se regula el Consejo Social de la Universidad de Cantabria.
Este Rectorado resuelve publicar la Normativa de Permanencia de la UC para Estudios Oficiales de Grado y Máster.
NORMATIVA DE PERMANENCIA DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA PARA ESTUDIOS
OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER
La Universidad de Cantabria en cumplimiento de la obligación de velar por la utilización racional de los recursos que la sociedad le destina debe establecer los mecanismos necesarios para que el alumnado matriculado en los planes de estudios que imparte pueda alcanzar un rendimiento adecuado para lo cual demandará a sus estudiantes una dedicación suficiente y un aprovechamiento responsable de los medios que se han puesto a su disposición.
Con esta finalidad se establece el siguiente Régimen de Permanencia en los Estudios de Grado y de Máster Universitario.
1. APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DE PERMANENCIA A ESTUDIANTES DE GRADO.
Resultados obtenidos el primer año de matrícula.
Todo estudiante, en función del régimen de dedicación en el que se encuentre matriculado, deberá obtener un rendimiento académico mínimo en el año de inicio de sus estudios. De no ser así, no podrá continuar los estudios.
El alumnado a tiempo completo deberá superar en su primer año de matrícula un mínimo de 2 asignaturas 12 créditos ECTS. Para el alumnado a tiempo parcial este mínimo se establece en 1 asignatura 6 créditos ECTS.
Además, en el caso de que el alumnado no logre superar en su primer año de matrícula un mínimo de 4 asignaturas 24 créditos ECTS, en su segunda matrícula únicamente podrá matricularse de las asignaturas pendientes de primer curso.

El alumnado a tiempo completo deberá superar en su segundo año de matrícula un mínimo de 3 asignaturas 18 créditos ECTS. Para el alumnado a tiempo parcial este mínimo se establece en 2 asignaturas 12 créditos ECTS.
Aquellos estudiantes que únicamente se pudieron matricular de las asignaturas del 1er curso, como consecuencia de no haber superado más de cuatro asignaturas en su primer año de matriculación, se les aplicará en este segundo año de matrícula el mismo criterio que a los matriculados a tiempo parcial.

i Pág. 29052

boc.cantabria.es
CVE-2021-10428

Resultados obtenidos el segundo año de matrícula.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 29/12/2021 - Ordinario

TitreBoletín Oficial de Cantabria - Ordinario

PaysEspagne

Date29/12/2021

Page count294

Edition count3611

Première édition04/01/2010

Dernière édition24/06/2024

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