Boletín Oficial de Cantabria del 17/12/2019 - Ordinario

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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario

MARTES, 17 DE DICIEMBRE DE 2019 - BOC NÚM. 241

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 DE BURGOS
CVE-2019-10808

Notificación de resolución en procedimiento de despido objetivo individual 406/2019.

Don julio Lucas Moral, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Nº 3 de Burgos, Hago saber: Que en el procedimiento DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 0000406/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. MIGUEL ÁNGEL URBINA MEDRANO contra FOGASA DIRECCIÓN PROVINCIAL FOGASA, PRIURE CONSULTING, SL, MUEBLES EGUILUZ SL, COMERCIALIZADORA DE MOBILIARIO MACIZO DE ROBLE, SL, HERMANOS EGUILUZ VITORES, SC, HERMANOS EGUILUZ VITORES, SC, MADERAS EGUILUZ, SL, TÉCNICAS CREATIVAS DE
LA MADERA, SL, EGUILUZ VITORES HERMANOS, SL, MIGUEL EGUILUZ VITORES, ESTEBAN
EGUILUZ VITORES, ALFREDO EGUILUZ VITORES, ANTONIO EGUILUZ VITORES sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Que ESTIMANDO la demanda presentada por DON MIGUEL ÁNGEL URBINA MEDRANO
contra DON ANTONIO EGUILUZ VITORES, DON ALFREDO EGUILUZ VITORES, DON MIGUEL
EGUILUZ VITORES, DON ESTEBAN EGUILUZ VITORES, EGUILUZ VITORES HERMANOS, SL, PRIURE CONSULTING, SL, MUEBLES EGUILUZ, SL, COMERCIALIZADORA DE MOBILIARIO MACIZO DE ROBLE, SL, HERMANOS EGUILUZ VITORES, SC, MADERAS EGUILUZ, SL, TÉCNICAS
CREATIVAS DE LA MADERA, SL, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL FOGASA en su petición subsidiaria, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del trabajador, declarando extinguida la relación laboral existente entre el actor y la empresa HERMANOS EGUILUZ VITORES, SC, con efectos de 13/05/2019, condenando a dicha empresa HERMANOS EGUILUZ
VITORES, SC, y solidariamente con ella a sus integrantes DON ANTONIO EGUILUZ VITORES, DON MIGUEL EGUILUZ VITORES, DON ALFREDO EGUILUZ VITORES y DON ESTEBAN EGUILUZ
VITORES y a las empresas EGUILUZ VITORES HERMANOS, SL, MUEBLES EGUILUZ, SL, MADERAS EGUILUZ, SL, y TÉCNICAS CREATIVAS DE LA MADERA, SL, a abonar al demandante la cantidad de 39.790,40 euros en concepto de indemnización, absolviendo a las empresas COMERCIALIZADORA DE MOBILIARIO MACIZO DE ROBLE, SL, y PRIURE CONSULTING, SL, de los pedimentos contenidos en la demanda, con la responsabilidad subsidiaria del FOGASA dentro de los límites legales.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

En ese momento deberán designar letrado o graduado social colegiado que se encargará de su defensa en la tramitación del recurso que anuncia.

CVE-2019-10808

Advierto a las partes que:

boc.cantabria.es
1/2

Contra esta sentencia pueden anunciar recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de CASTILLA-LEON y por conducto de este JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia.

i Pág. 28810

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 17/12/2019 - Ordinario

TitreBoletín Oficial de Cantabria - Ordinario

PaysEspagne

Date17/12/2019

Page count72

Edition count3600

Première édition04/01/2010

Dernière édition07/06/2024

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