Boletín Oficial de Cantabria del 5/8/2019 - Ordinario
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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario
GOBIERNO
de CANTABRIA
B O L E T Í N
O F I C I A L
D E
C A N TA B R I A
LUNES, 5 DE AGOSTO DE 2019 - BOC NÚM. 149
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6 DE SANTANDER
CVE-2018-10840
Noticación de sentencia 257/2018 en juicio verbal 331/2018.
Doña Diana Martín Bolado, letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia Número 6 de Santander.
Hace saber: Que en este Órgano Judicial se siguen autos de juicio verbal 250.2, a instancia de RAQUEL ÁNGELES VÉLEZ ORUBE, frente a ALESSA DECOR, S. L., en los que se ha dictado sentencia de fecha 5 de diciembre de 2018, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
SENTENCIA Nº 000257/2018
En Santander, a 5 de diciembre de 2018.
Vistos por la ilustrísima doña Laura Cuevas Ramos, magistrada-juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 6 de Santander y su partido, los presentes autos de juicio verbal 250.2
número 0000331/2018 seguidos ante este Juzgado, a instancia de RAQUEL ÁNGELES VÉLEZ
ORUBE representada por la procuradora doña BLANCA CALVO BOCANEGRA y asistida por la letrada doña NURIA VILA RABELLA contra ALESSA DECOR, S. L., en situación procesal de rebeldía, sobre Obligaciones.
FALLO
ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por la procuradora de los Tribunales doña Blanca Calvo Bocanegra, en nombre y representación de doña Raquel Ángeles Vélez Orube, contra ALESSA DECOR, S.L, y, en consecuencia:
1.- Condenar a la demandada a abonar a la actora la suma de 1.249,16 €, más el interés legal de la Ley 3/2004, de Medidas Contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales, que se siga devengando hasta el total pago.
2.- Imponer al demandado las costas del juicio.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, por lo cual es rme.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y rmo.
El/la magistrado-juez.
Y para que sirva de noticación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a ALESSA DECOR, S. L., en ignorado paradero, libro el presente.
Santander, 7 de diciembre de 2018.
La letrada de la Administración de Justicia, Diana Martín Bolado.
2018/10840
i Pág. 20604
boc.cantabria.es
CVE-2018-10840
PUBLICACIÓN.- De conformidad con lo que se dispone en el artículo 212 de la LEC, rmada la sentencia por el juez que la dictó, se acuerda por el señor/señora. letrado/a de la Administración de Justicia su noticación a las partes del procedimiento y el archivo de la misma en la ocina judicial, dejando testimonio en los autos, de lo que yo el/la letrado/a de la Administración de Justicia. Doy fe.
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