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Boletín Oficial de Cantabria del 31/3/2023 - Extraordinario
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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario
VIERNES, 31 DE MARZO DE 2023 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 17
Dado el desarrollo de los sistemas y tecnologías de la información, la necesaria especialización de las tareas, la mayor complejidad de las funciones a desarrollar y la cada vez mayor cualificación profesional, se hace necesario adaptar las titulaciones exigibles para el acceso a estas categorías profesionales a las titulaciones académicas específicas existentes en materia de Tecnologías de la Información.
En este sentido, teniendo en cuenta las necesidades asistenciales expuestas y la existencia de titulaciones académicas que dan respuesta a las mismas, se regula en esta Orden la exigencia de titulaciones específicas para el acceso a las categorías estatutarias de Técnico Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información; de Técnico de Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información y de Técnico Especialista en Informática.
En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.2.q y 14 de la Ley de Cantabria 9/2010, de 23 de diciembre, de Personal de Instituciones Sanitarias, DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
La presente Orden tiene por objeto establecer los requisitos de titulación académica en el ámbito de las Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para el acceso a las categorías de Técnico Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información; Técnico de Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información y de Técnico Especialista en Informática.
Artículo 2. Requisitos de acceso.
1. Para el acceso a la categoría de Técnico Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información se requiere estar en posesión de la titulación de Ingeniería en: Informática, Telecomunicación, Industrial, Automática y Electrónica Industrial, Electrónica, o licenciatura en Física o Matemáticas, o titulaciones equivalentes del nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior MECES cuya correspondencia con las anteriores haya sido aprobada mediante Acuerdo de Consejo de Ministros.
2. Para el acceso a la categoría de Técnico de Gestión de Sistemas y Tecnologías de la Información se requiere estar en posesión de la titulación de Ingeniería Técnica en: Informática de Gestión, Informática de Sistemas, Telecomunicación, Industrial especialidad en Electrónica Industrial o Industrial especialidad en Electricidad, o titulaciones equivalentes del nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior MECES cuya correspondencia con las anteriores haya sido aprobada mediante Acuerdo de Consejo de Ministros.
4. La titulación específica del apartado 1 permitirá el acceso a la categoría mencionada en el apartado 2.
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boc.cantabria.es
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3. Para el acceso a la categoría de Técnico Especialista en Informática, se requiere estar en posesión de la titulación de Formación Profesional de Segundo Grado, Rama Informática, Módulo Profesional Nivel 3, o del Título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos, o del Título de Técnico Superior de Desarrollo de Aplicaciones Informáticas Formación Profesional de Grado Superior, familia profesional Informática, o, en su caso, estar en posesión de título equivalente nivel 1 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, MECES.
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