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Boletín Oficial de Cantabria del 14/12/2018 - Extraordinario
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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario
VIERNES, 14 DE DICIEMBRE DE 2018 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 38
6. SUBVENCIONES Y AYUDAS
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
CVE-2018-10921
Orden HAC/55/2018, de 10 de diciembre, por la que se modica la Orden HAC/08/2017, de 15 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones del Programa de Colaboración del Servicio Cántabro de Empleo con las corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la inserción laboral de personas desempleadas en la realización de obras y servicios de interés general y social.
Mediante Orden HAC/08/2017, de 15 de marzo, se establecieron las bases reguladoras de subvenciones del Programa de Colaboración del Servicio Cántabro de Empleo con las corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la inserción laboral de personas desempleadas en la realización de obras y servicios de interés general y social.
Se trata de uno de los instrumentos de la política de empleo que hace frente a la necesidad de las personas desempleadas de contar con la experiencia necesaria, requerida por la mayoría de las empresas para obtener un empleo.
En concreto, dicho programa tiene por objeto facilitar dicha experiencia laboral mediante la realización de obras y servicios de interés general y social, en colaboración con las entidades locales, constituyéndose en un elemento de mejora de la empleabilidad, que facilita su inserción laboral.
La citada Orden HAC/08/2017, de 15 de marzo, congura al Programa de colaboración del Servicio Cántabro de Empleo con las corporaciones locales, como un programa común del Sistema Nacional de Empleo, adaptado a la realidad del mercado de trabajo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, incluido en el Plan Anual de Política de Empleo dentro de su Eje 3:
Oportunidades de empleo, y a ejecutar a través de subvenciones públicas.
Todo ello de acuerdo con lo previsto en la vigente Estrategia Española de Activación para el Empleo.
Las ayudas previstas en la Orden HAC/08/2017, de 15 de marzo, tienen la naturaleza jurídica de subvenciones, por lo que se rigen por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en cuanto constituyan legislación básica del Estado, y por la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
La aplicación de estos criterios de valoración se ha demostrado positiva en las dos convocatorias aprobadas hasta la fecha. Por otro lado, las obras y servicios deben ser competencia de las entidades locales. Con el n de alinear estos criterios y requisitos con la realidad administrativa de las entidades locales, buscando optimizar las posibilidades de realización de las obras y servicios en las que sean empleadas las personas destinatarias de esta política activa de empleo, se considera necesario jar como sujetos que pueden percibir estas subvenciones las entidades que representan los valores obtenidos en aplicación de los citados criterios objetivos y quienes ostentan la titularidad de las competencias para desarrollar las obras y servi-
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En este sentido, su artículo 3 dene las entidades que pueden resultar beneciarias de las mismas, el artículo 4 establece los requisitos de las obras y servicios, el artículo 5 regula la cuantía de la subvención justicable, el artículo 7 deriva a cada convocatoria el número de solicitudes que podrán solicitar cada una de ellas y el artículo 10 congura un sistema de valoración de solicitudes en base a tres criterios objetivos: número de personas en paro en cada entidad, población en edad de trabajar y supercie del ámbito territorial, que da lugar a la cuantía de la subvención a conceder.
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