Boletín Oficial de Canarias del 18/11/2021
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Source: Boletín Oficial de Canarias
Boletín Oficial de Canarias núm. 237
47398
Jueves 18 de noviembre de 2021
EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA. DECLARACIÓN AMBIENTAL
ESTRATÉGICA.
En sesión celebrada el 16 de abril de 2021, la Comisión de Evaluación Ambiental de Planes, adoptó el Acuerdo de emitir la Declaración Ambiental Estratégica de la Modificación del PGO en el sector UZO-04 Plan Parcial de Tamaraceite Sur previo análisis técnico del expediente, en virtud de lo regulado en los artículos 24 y 25 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, y en el artículo 24 del Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias.
Dicha Declaración Ambiental Estratégica concluye de modo favorable la evaluación ambiental estratégica desarrollada en la presente Modificación del PGO en el sector UZO-04 Plan Parcial de Tamaraceite Sur, en virtud de la conveniencia y calidad técnica de la información y análisis recogidos, de la metodología desarrollada de valoración de los efectos significativos y de la integración de los aspectos medioambientales en el proceso de ordenación urbanística prevista.
ALTERNATIVA SELECCIONADA.
La alternativa 3 seleccionada ordena pormenorizadamente el sector y prevé un menor efecto ambiental relacionado con la ampliación de huella de carbono en la zona y su impacto en el cambio climático. Constituyendo la variante con valores más favorables para responder a los riesgos de la intensificación del cambio climático como consecuencia de un aumento de la huella de carbono.
Las razones de la elección de la alternativa seleccionada se soportan en la previsión de una serie de criterios objetivos, a saber:
a Mayor coherencia en la formalización de la ordenación urbanística respecto al objetivo estructural determinado en el Plan General sobre la mejora y potenciación del paisaje como elemento identificativo del entorno y el municipio. Potenciación de las estrategias de conservación, regeneración y promoción de los valores medioambientales y de las de rehabilitación del paisaje degradado como premisas para la optimización de la calidad de vida.
b Restricción del nuevo consumo de suelo rústico por parte de la urbanización.
c Previsión de una mayor eficacia del suelo urbanizado preexistente en la satisfacción de necesidades edificatorias y dotacionales a corto y medio plazo.
d Intensificación de la compartición equilibrada y sostenible del territorio entre las distintas actividades y piezas funcionales. Interacción con el principio de equilibrio dotacional entre los distintos barrios del municipio.
e Principio de prevención de la degradación ambiental mediante la determinación normativa de una estricta justificación en el consumo y uso público del espacio en el suelo urbanizado.
Además, los criterios de valoración pueden identificarse en función de las siguientes razones:
1 La alternativa 3 mantiene el grado no significativo y moderado, motivado sobre todo por la formalización edificatoria prevista y el acompañamiento de medidas ambientales destinadas a controlar y diluir el impacto sobre el paisaje.
2 Las determinaciones de la alternativa 3 propician el correcto equilibrio entre la ordenación urbanístico-estratégica de la zona y la conservación y promoción de sus valores naturales y patrimoniales.
3 La alternativa 3 responde mejor al contacto con el entorno de Tamaraceite respecto a la ordenación en vigor, cualificando el espacio valorando el paisaje y sus componentes socio-culturales.
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boc-a-2021-237-4832