Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 19/02/2019

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 6 DE CEUTA

118.-

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Ceuta a seis de septiembre de dos mil dieciocho.
Visto por mí, MARÍA DE LA LUZ LOZANO GAGO, Magistrada-Juez del Juzgado Mixto número 6 de esta Ciudad y su Partido Judicial, los presentes autos de modificación de medidas, de carácter contencioso 52/2017, en el que han sido partes, como demandantes y demandados, por un lado, NAJIM CHAIB LOULANTI representado por el Procurados de los Tribunales Sr. Rodríguez Estévez, bajo la dirección jurídica del letrado Sr. Hermoso González, y por otro lado MARÍA EL AITOR QUEROL, en rebeldía procesal, con la intervención del Ministerio Fiscal constando suficientemente en las actuaciones las circunstancias personales de todos ellos, dicto los siguientes FALLO
Que acuerdo la modificación de las medidas contenidas en la sentencia dictada por este Juzgado el 1 de marzo de 2016, en los autos de guardia y custodia de mutuo acuerdo número 283/2015 seguidos ante este Juzgado, de conformidad con el siguiente contenido:
1º Atribuir la guardia y custodia del menor al demandante, su progenitor paterno, siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores.
2º En cuanto al régimen de visitas, y de conformidad íntegra con el informe evacuado por el Ministerio Fiscal, corresponde a la madre visitar al menor un día a la semana durante una hora en el punto de encuentro, a fin de que como se informa por el mismo pueda quedar constancia de eventuales incumplimientos.
3º Se acuerda una pensión de alimentos en cuantía de 100 euros a cargo de la madre, debiendo ser los gastos extraordinarios satisfechos por mitad por ambos progenitores.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, que deberá ser preparado ante este Juzgado dentro de los veinte días siguientes al de su notificación, y del que conocerá la Sección Quinta de la Iltma. Audiencia Provincial de Cádiz.
Así por esta mi sentencia, y juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada MARÍA EL AITOR QUEROL, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En CEUTA, a siete de septiembre de dos mil dieciocho.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

o

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 19/02/2019

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaysEspagne

Date19/02/2019

Page count61

Edition count6167

Première édition19/11/1926

Dernière édition21/05/2024

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