Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 31/12/2021
Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Viernes 31 de Diciembre de 2021
EDICION Nº 10.753
PROVINCIA DEL CHACO
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SUBSECRETARIA DE LEGAL Y TECNICA
DIRECCION BOLETIN OFICIAL
Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER
Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL
Viernes 31 de Diciembre de 2021
EDICION Nº 10.753
LEGISLACION, NORMATIVA
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY NRO. 3447-E
DÍA DEL MAESTRO INDÍGENA
ARTÍCULO 1: Institúyese el día 26 de noviembre de cada año como "Día del Maestro Indígena", en memoria del profesor e historiador de los Pueblos Originarios el Señor Orlando Sánchez.
ARTÍCULO 2: Resaltar la trayectoria en la enseñanza de la lengua Qom pueblo al que pertenecía y por la que obtuvo reconocimientos tales como "Homenaje a la trayectoria" y "Docente bilinge", otorgados por la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco y "Maestro ilustre", por la Presidencia de la Nación.
ARTÍCULO 3: Inclúyese dentro de las efemérides del Calendario Escolar, el 26 de noviembre corno Día del Maestro Indígena.
ARTÍCULO 4: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.
Rubén Darío GAMARRA
Hugo Abel SAGER
Secretario Presidente DECRETO Nº 2547
RESISTENCIA, 17 de noviembre de 2021
VISTO:
La sanción legislativa N 3.447-E; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 1.024-B, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 3.447-E, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Chapo - Capitanich s/c E:31/12/2021
><
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY NRO. 3448-E
IMPLEMENTACIÓN DE LA SEMANA "HISTORIA DE MUJERES" EN EL
CALENDARIO ESCOLAR
ARTÍCULO 1º: El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología implementará para todos los niveles educativos la Semana "Historia de Mujeres", en los días previos al 12 de julio de cada año en conmemoración del Día de las Heroínas y Mártires de la Independencia de América, incorporando la misma al Calendario Escolar Único Vigente.
Oficina: Av. Rivadavia Nº 322 Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500
-1-