Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 14/05/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Viernes 14 de Mayo de 2021
EDICION Nº 10.661
-1Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER
Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL
Viernes 14 de Mayo de 2021
EDICION Nº 10.661
LEGISLACION, NORMATIVA
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY NRO. 3352-A
POLICIA DEL CHACO - SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL
INCREMENTOS SALARIALES DESDE MARZO 2020
ARTÍCULO 1: Establécese a partir del 1 de marzo del año 2020, un incremento del siete por ciento 7% sobre los haberes básicos del personal de seguridad comprendido en las leyes 178- J antes ley 1134 - Policía del Chaco - y 1628-J antes ley 6117 Servicio Penitenciario Provincial.
ARTÍCULO 2: Modificase a partir del 1 de marzo del año 2020, en cinco 5 puntos porcentuales adicionales, el porcentaje aplicado para el cálculo porcentual del concepto seguridad Bonificación Especial para la totalidad del personal policial de la jurisdicción 21
- Policía Provincial.
ARTÍCULO 3: Modificase a partir del 1 de marzo del año 2020, en cinco 5 puntos porcentuales adicionales, el porcentaje aplicado para el cálculo porcentual del concepto Zona Unidades Especiales para el personal de la Jurisdicción 36 - Servicio Penitenciario Provincial.
ARTÍCULO 4: Autorizase a la Dirección General de Finanzas y Programación Presupuestaria del Ministerio de Planificación y Economía, en su carácter de órgano rector del sistema presupuestario, a efectuar las modificaciones presupuestarias pertinentes para dar cumplimiento al incremento de las erogaciones corrientes dispuestas en esta ley.
ARTÍCULO 5: El gasto que demande la aplicación de los artículos precedentes se imputará a las Jurisdicciones 21: Policía Provincial y 36 - Servicio Penitenciario Provincial, de acuerdo con la naturaleza de la erogación.
ARTÍCULO 6: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los catorce días del mes de abril del año dos mil veintiuno.
Rubén Darío GAMARRA
Hugo Abel SAGER
Secretario Presidente DECRETO Nº 925
RESISTENCIA, 27 de abril de 2021
VISTO:
La sanción legislativa N 3.352-A; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 1.024-B, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 3.352-A, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Pérez Pons - Capitanich s/c E:14/05/2021
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500
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