Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 13/01/2021

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

Miércoles 13 de enero de 2021

EDICION Nº 10.612

-1-

Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER

Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL

Miércoles 13 de enero de 2021

EDICION Nº 10.612

LEGISLACION, NORMATIVA
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 3283-E
PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO A
LA ESCUELA DE EDUCACIÓN SECUNDARIA N 5 "DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO"
ARTÍCULO 1: Declárese Patrimonio Histórico y Cultural de la Provincia del Chaco a la Escuela de Educación Secundaria N 5
"Domingo Faustino Sarmiento" ubicada en la intersección de las calles Rivadavia y Sarmiento de la ciudad de Las Breñas, en el marco de la ley 1400 - E antes ley 5556 de Patrimonio Histórico, Cultural y Natural.
ARTÍCULO 2: El Poder Ejecutivo, a través del Instituto de Cultura del Chaco, en coordinación con el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, dará cumplimiento a los principios y objetivos, métodos e instrumentos de actuación pertinentes para proteger y conservar el bien declarado en el artículo precedente, con la participación y el compromiso de su comunidad.
ARTÍCULO 3: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil veinte.
Dario Gamarra Hugo Abel Sager Secretario Presidente DECRETO Nº 1865
Resistencia, 23 de diciembre de 2020.
VISTO:
La sanción legislativa N 3.283-E; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 1.024-B, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 3.283-E cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Chapo Capitanich s/c E:13/01/2021
><
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 3302-A
ARTÍCULO 1: Créase en el ámbito de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco la Comisión Investigadora "Verdad y Justicia para Mártires López".
ARTÍCULO 2: La Comisión investigará sobre la causa de la muerte del dirigente campesino indígena Mártires López, acaecida el 14 de junio de 2011, luego de agonizar por un supuesto accidente.
Para ello tendrá las siguientes atribuciones:
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500

-1-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 13/01/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaysArgentine

Date13/01/2021

Page count34

Edition count3254

Première édition14/07/1999

Dernière édition05/06/2026

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Enero 2021>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31