Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 31/01/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

DECRETOS
MINISTERIO DE GOBIERNO, INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO TERRITORIAL

Decreto N: 22
MENDOZA, 10 DE ENERO DE 2024
VISTA la necesidad de aprobar la estructura organizativa del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, creado por Ley N 9501; y CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Provincia de Mendoza, en su Artículo 128 enumera las atribuciones del Poder Ejecutivo, fijando en su Inciso 1º que tiene a su cargo la Administración General de la Provincia, por lo que es de su competencia aprobar las estructuras orgánicas de sus dependencias.
Que como Anexo integra el presente decreto, el organigrama que refleja la nueva estructura organizativa.
Que por Resolución Ministerial se aprobarán las estructuras correspondientes a nivel de Subdirección y niveles inferiores.
Por ello, EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º - Apruébese la estructura organizativa del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, creado por Ley N 9501, conforme se plasma en el Anexo, que forma parte del presente decreto, constante de UNA 1 foja.
Artículo 2 - Mediante resolución, el Ministro de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial aprobará la nueva estructura organizativa de sus dependencias a partir de los niveles de Subdirección.
Artículo 3 - Establézcase que en los casos en los que los programas de inversión y/o desarrollo con financiamiento de origen nacional y/o internacional, como organismos multilaterales de crédito, agencias de inversión y otros del estilo, comprendan proyectos de inversión sectorial e impliquen la realización de obra pública, será el Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial a través de la Subsecretaría de Infraestructura y Desarrollo Territorial quien otorgue prioridades en razón de la oportunidad y razonabilidad, ponderando la planificación del desarrollo territorial e interviniendo en las modalidades de licitación y ejecución, así como la coordinación con las unidades ejecutoras que correspondan, todo ello en el marco de la competencia otorgada por la Ley Nº 9501, sin perjuicio de lo normado por el Decreto Nº 271/97 y Decreto Nº 810/05.
Artículo 4 - El presente decreto tendrá vigencia a partir de su dictado.
Artículo 5º - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.
LIC. ALFREDO V. CORNEJO
ABG. NATALIO L. MEMA RODRIGUEZ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Miércoles 31 de Enero de 2024
Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Subsecretaria Legal y Técnica

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 31/01/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date31/01/2024

Page count36

Edition count1819

Première édition20/01/2017

Dernière édition30/05/2024

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