Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 09/01/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Que a fs. 15 de los presentes actuados, el Departamento Ejecutivo Municipal remite nota poniendo en consideración de este H. Cuerpo el Expediente Electrónico N 39133-2023, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3 de los convenios suscriptos en fecha 13 de septiembre de 2023 entre la Dirección Provincial de Vialidad Mendoza, representada por su administrador: Ing. Osvaldo Romagnoli y La Municipalidad de Capital Mendoza, representada por su Intendente Dr. Ulpiano Suarez, que tienen por objeto la transferencia de jurisdicción de las Avda. Boulogne Sur Mer y Champagnat en los tramos indicados en cada caso.
Que la Dirección Provincial de Vialidad Mendoza desafecta de su red de caminos la Avda. Boulogne Sur Mer en el tramo comprendido desde Avda. Ing. Cipolletti, Límite Departamental con Las Heras hasta calle Mariano Moreno, Limite Departamental con Godoy Cruz, longitud total de 4.32 Km Dpto. de Capital Mendoza y la Avda. Champagnat en el tramo comprendido desde el Límite Político Departamental con Las Heras hasta Parque Aborigen, longitud total de 2.0 Km Dpto. de Capital Mendoza. Indicado en Anexo 1
se agrega a fs. 4 el plano comprendido en el presente convenio del tramo comprendido desde Avda. Ing.
Cipolletti, Límite Departamental con Las Heras hasta calle Mariano Moreno, Límite Departamental con Godoy Cruz y Anexo 1 a fs. 10 tramo comprendido desde el Límite Político Departamental con Las Heras hasta Parque Aborigen, longitud total de 2.0 Km Dpto. de Capital Mendoza, transfiriéndola a jurisdicción de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza.
Que la transferencia del camino aludido se realiza con todos sus accesorios y complementos, en el estado de conservación en que se encuentran, incluyendo el corrimiento de boletas por Servicios Públicos y el pago de los servicios de acuerdo a la Resolución N 546/23, desprendiéndose la Dirección de todos sus deberes, atribuciones y funciones inherentes a los mismos, pasando a ser exclusiva jurisdicción de la Municipalidad.
Que la transferencia de jurisdicción de calles que se menciona a favor de la Municipalidad es irrevocable y no quedan sujetas a eventuales Ordenanzas que modifiquen el ejido urbano de la Municipalidad. Las partes acuerdan que la Municipalidad se obliga a continuar otorgando los retiros que exigía la Dirección, como así también la Municipalidad, conforme su trama vial, lleve adelante las prolongaciones de calles que crea conveniente a los efectos de integrar las distintas zonas a desarrollar zona rural, zona urbana, etc.
Además evitar la creación de nuevos accesos de emprendimientos residenciales sobre rutas provinciales, debidamente materializados sobre calles municipales para preservar la funcionalidad y estructura de calle.
Que a fs. 18 consta dictamen legal de Asesoría Letrada de este H.C.D..
Que reunido este H. Cuerpo y habiendo debatido los alcances y efectos del Convenio entre la Dirección Provincial de Vialidad Mendoza y la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza y habiendo deliberado sobre el tema traído a su consideración, oídas las y los Concejales presentes, y en atención a las consideraciones allí expuestas, no surgen objeciones que realizar, resultando oportuno y conveniente su ratificación.
Que en consecuencia es menester proceder al dictado de la presente Ordenanza, en ejercicio de las facultades y atribuciones emergentes de la Ley N 1.079 Orgánica de Municipalidades.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE MENDOZA
O R D E N A:
ART.1º: Ratificar los Convenios suscriptos y sus Anexos celebrados entre la Dirección Provincial de Vialidad Mendoza, representada por su administrador: Ing. Osvaldo Romagnoli y La Municipalidad de
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 9 de Enero de 2024
Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Subsecretaria Legal y Técnica

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 09/01/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date09/01/2024

Page count91

Edition count1831

Première édition20/01/2017

Dernière édition19/06/2024

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