Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 22/09/2020

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

DECRETOS
MINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS

Decreto N: 1160
MENDOZA, 17 DE SETIEMBRE DE 2020
Visto el expediente N 02398-D-19-20108 y su acumulado expediente Nº 02665-D-16-20108; y CONSIDERANDO:
Que a fs. 1/14 y vta. del expediente N 02398-D-19-20108, la Doctora GISELA MAYORGA OBERTI D.N.I.:
31.901.761, presenta Recurso Jerárquico contra la Resolución Nº 311 de fecha 26 de diciembre de 2018
emitida por el Ministerio de Hacienda y Finanzas, obrante en copia a fs. 65/68 del expediente Nº 02665-D-16-20108, mediante la cual se rechaza el Recurso de Revocatoria interpuesto por la mencionada profesional contra la Resolución Nº 320-HyF-16 que dispuso su cesantía.
Que el mencionado Recurso debe ser admitido desde el aspecto formal por haber sido presentado en el plazo que a tal efecto establece el Artículo 179 de la Ley N 9003.
Que la recurrente plantea que la sanción es nula por violación del debido proceso, atento al prejuzgamiento que implica que el apoderado de la Dirección de Administración de Activos ex - Bancos Oficiales D.A.A.B.O, Dr. Agustín Alemán haya efectuado una presentación en autos Nº 9734 caratulados:
Provincia de MendozaEnte de Fondos Residuales de los Bancos de Mendoza y Previsión Social en J:
4339 Precursor S.A. p/ Quiebra Concurso Especial p/ Incidentes, en la cual manifestó que la recurrente carecía de poder especial para arreglar derechos litigiosos y que la carta de pago que acompañó al referido expediente carece de una documentación previa que la avale.
Que tal planteo ya fue efectuado por la Doctora GISELA MAYORGA OBERTI en el sumario fs.603/604
vta.- expediente Nº 00152-D-16-02694 y fue refutado por la instrucción motivadamente fs. 611 de expediente Nº 00152-D-16-02694. En consecuencia el Doctor Aleman emitió su opinión como representante de la Dirección de Administración de Activos ex - Bancos Oficiales D.A.A.B.O y sin más la remota intervención del instructor del Sumario labrado contra la Doctora MAYORGA OBERTI.
Que la Dirección de Administración de Activos ex - Bancos Oficiales D.A.A.B.O no es quien ha investigado la conducta por la cual recayó la sanción contra la impugnante. El procedimiento administrativo disciplinario estuvo a cargo del instructor sumariante, en ejercicio de una competencia que se independiza de las propias de la D.A.A.B.O y las simples opiniones no vinculantes vertidas por el Dr. Agustín Alemán en un proceso judicial con objeto claramente diferenciado del propio del sumario administrativo de ningún modo tienen la capacidad de influir directamente en este último. Cabe destacar que el expediente sumarial no tenía en dicho momento carácter de secreto.
Que se agravia la Dra. GISELA MAYORGA OBERTI de la valoración probatoria efectuada en relación a los cargos imputados, discrepando con los hechos tenidos por ciertos en la sanción. Pero esta mera discrepancia no determina que la resolución recurrida se encuentre viciada por falencias o carencias en orden a la derivación jurídica lógica de las conclusiones a las que arriba partiendo de los elementos de convicción incorporados.
Que conforme a la remisión del Artículo 80 del Estatuto del Empleado Público Decreto Ley Nº 560/73, la valoración probatoria debe enmarcarse en lo preceptuado por el Artículo 206 del Código Procesal Penal, que establece que las pruebas obtenidas durante el proceso serán valoradas con arreglo a la sana crítica, excluyéndose así la íntima convicción del juzgador y el sistema de prueba legal o tasada como métodos de apreciación.

BO-2020-04386008-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 22 de Septiembre de 2020
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 4 de 54

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 22/09/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date22/09/2020

Page count55

Edition count1808

Première édition20/01/2017

Dernière édition14/05/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Septiembre 2020>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930