Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 24/2/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 23 de febrero de 2024

Página 30

Las actuaciones recogidas en los anexos sujetas a declaración de responsable o comunicación previa y que a su vez vengan enumeradas en el artículo 5 de esta ordenanza, deberán presentar autoliquidación, en los términos establecidos en el citado artículo 5, debiendo acompañar justificante del ingreso junto con la declaración de responsable o comunicación previa, según corresponda. Esta autoliquidación puede ser objeto de liquidación complementaria cuando los servicios municipales comprueben la ejecución de la actuación.
Devengo de las tasas con ocasión de resoluciones o certificaciones en aplicación del Decreto 2/2012:
1. Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicie la actividad municipal que constituye su hecho imponible. A estos efectos, se entenderá iniciada dicha actividad en la fecha de presentación de la oportuna solicitud por parte del sujeto pasivo.
2. La obligación de contribuir, una vez nacida, no se verá afectada en modo alguno por la denegación de la licencia solicitada o por la concesión de esta condicionada a la modificación del proyecto presentado, ni por la renuncia o desistimiento del solicitante una vez concedida la licencia.
3. En caso de tramitación de oficio de la declaración de situación de asimilación al régimen de fuera de ordenación, o de expedición de certificación administrativa, dichas tasas se liquidará con la resolución de la misma.
Artículo 8. Declaración 1. Las personas interesadas en la obtención de una licencia de obra presentarán, previamente, en el Registro General la oportuna solicitud, acompañando proyecto técnico visado por el colegio oficial respectivo en formato digital, con especificación detallada de la naturaleza de la obra y lugar de emplazamiento en la que se haga constar el importe estimado de la obra, mediciones y el destino del edificio.
2. Cuando se trate de licencia para aquellos actos en que no sea exigible la formulación de proyecto suscrito por técnico competente a la solicitud se acompañará un presupuesto de la obra a realizar, con una descripción detallada de las características de la obra o acto cuyos datos permitan comprobar el coste de aquellos.
3. Si después de formulada la solicitud de la licencia se modificase o ampliase el proyecto deberá ponerse en conocimiento de la administración municipal, acompañando el nuevo presupuesto o el reformado y, en su caso, planos y memorias de la modificación o ampliación.
4. En los supuestos de actividades recogidas en los anexos de declaración de responsable o comunicación previa deberán presentarse los modelos anexos a estas ordenanzas, de declaración de responsable o comunicación previa según corresponda, y la documentación que se determine en cada caso.
Artículo 9. Gestión 1. Las personas interesadas en la obtención de una licencia presentarán en el Ayuntamiento la oportuna solicitud con especificación detallada de la naturaleza, extensión y alcance de la obra o instalación, a realizar, lugar de emplazamiento, presupuesto por duplicado del coste real de la obra firmado por el que tenga a su cargo los trabajos, o por el facultativo competente, y en general, contendrá la citada solicitud toda la información necesaria para la exacta aplicación del tributo.
2. La solicitud podrá ser formulada por el interesado o por el contratista de las obras, pero deberá hacerse constar el nombre y domicilio del propietario del inmueble, del arrendatario del mismo, cuando las obras se realicen por cuenta e interés de este, así como la expresa conformidad o autorización del propietario.
3. Las solicitudes para obras de nueva planta, reforma esencial de construcciones existentes, y en general, para todas aquellas que así lo establezcan, las ordenanzas de edificación de este
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Número 39

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 24/2/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaysEspagne

Date24/02/2024

Page count32

Edition count5549

Première édition15/01/2001

Dernière édition09/06/2024

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