Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/2/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Martes, 9 de febrero de 2021

Página 19

Artículo 7. Proyecto de reparcelación Con aplicación de los criterios legales, reglamentarios y los consignados en la propias bases, se redactará en su día el proyecto de reparcelación en el que se reflejaran las fincas aportadas y las resultantes, con sus adjudicatarios, terrenos a ceder al Ayuntamiento y el importe de las compensaciones en metálico que fueran procedentes. Aprobado el proyecto por la Junta de Compensación y por el ilustre Ayuntamiento de Campillos aquel servirá de título de propiedad de todas las fincas resultantes a todos los efectos, incluso los registrales.
CAPÍTULO II

De los componentes de la Junta Artículo 8. Miembros de la Junta 1. Formarán parte de la Junta de Compensación:
1.1.Las personas físicas o jurídicas titulares de terrenos incluidos en el ámbito del sector UR-19 de las NNSS de Campillos, que como promotores hayan tomado la iniciativa del sistema y que en su conjunto representen más del 50 % de la superficie afectada.
1.2.Las demás personas físicas o jurídicas que sean titulares de las fincas a que se refiere el apartado anterior y que expresen su voluntad de integrarse a ella antes de la aprobación definitiva de los estatutos y bases de actuación según lo dispuesto en los artículos 129.3 y 129.4 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Estos propietarios se incorporarán mediante la aportación de sus fincas originarias y con opción entre el abono en metálico de la parte de los costes de urbanización que les sean imputables y la cesión terrenos edificables de valor equivalente a dicha parte de los costes.
Los propietarios que no deseen incorporarse a la gestión del sistema podrán solicitar la expropiación de sus terrenos.
Los propietarios que no opten por ninguna de las alternativas anteriores quedarán sujetos a reparcelación forzosa.
1.3.También formará parte de la Junta el representante del ilustre Ayuntamiento de Campillos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 129.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
2. A los efectos previstos en el artículo 130,2 ap. d se ofertará la compra de suelo a los propietarios que no suscriban la iniciativa, por el precio de 17 euros/m2. Los propietarios de suelo podrán aceptar la oferta en el plazo que medie hasta la aprobación definitiva del proyecto de estatutos y bases de actuación. La compraventa deberá quedar formalizada en documento público antes de la Constitución de la Junta de Compensación, en otro caso, se estará a lo dispuesto en el apartado 6 de este artículo.
3. Los propietarios no promotores podrán hacer uso del derecho a ejercitar su incorporación a la Junta mediante escrito dirigido dentro de plazo al ilustre Ayuntamiento de Campillos, presentado en su registro de entrada, en el que se harán constar los siguientes extremos:
a Nombre, apellidos y domicilio.
bSu voluntad de incorporarse a la Junta, sometiéndose a sus estatutos y bases y a las demás obligaciones dimanantes de la ley y de los acuerdos de sus órganos colegiados.
c La superficie y linderos de las fincas de su propiedad.
dLa naturaleza, duración y, alcance de los derechos reales en su caso constituidos sobre ellos.
e Los títulos de los que dimanen los respectivos derechos y los datos referentes a su inscripción en el Registro de la Propiedad.
4. La incorporación efectuada con arreglo al número anterior, obliga a los propietarios adheridos, a pagar en el plazo de quince días desde que se les requiera por los promotores de
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Número 26

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 9/2/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaysEspagne

Date09/02/2021

Page count50

Edition count6129

Première édition15/01/2001

Dernière édition20/07/2026

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