Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 6/9/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 4 de septiembre de 2020

Página 15

El precio se devengará y la obligación de pago nacerá cuando se solicite la participación en la actividad que constituye el objeto del mismo.
Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio, la actividad no se desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente.
1.5. Régimen de gestión El precio público se liquidará en régimen de autoliquidación según el modelo facilitado por Tesorería. Correspondiendo a esta la comprobación de la realización del pago como requisito previo a la admisión del interesado/a. Entendiéndose que se desiste de la inscripción en caso de impago.
Una copia de la autoliquidación, una vez pagada, será presentada por Registro de Entrada a la Tesorería Municipal junto con la solicitud a participar en la actividad.
Las deudas por precios públicos se exigirán por el procedimiento administrativo de apremio.
1.6. Entrada en vigor Los precios públicos por organización de actividades deportivas y culturales verano y semana cultural entrarán en vigor al día siguiente de su aprobación por la Junta de Gobierno Local, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
1.7. Normativa supletoria Para lo no previsto en la presente ordenanza se estará a lo dispuesto en la Ordenanza General Reguladora de los Precios Públicos del excelentísimo Ayuntamiento de Villanueva de Tapia y en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la Ley 8/1989, de Tasas y Precios Públicos, la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el Reglamento General de Recaudación, y las demás normas que resulten de aplicación.
Segundo. Publicar el presente acuerdo en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia a efectos de su general conocimiento.
Para lo no previsto en la presente ordenanza se estará a lo dispuesto en la Ordenanza General Reguladora de los Precios Públicos del excelentísimo Ayuntamiento de Villanueva de Tapia y en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la Ley 8/1989, de Tasas y Precios Públicos, la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el Reglamento General de Recaudación y las demás normas que resulten de aplicación.
Contra el presente acuerdo, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, con sede en Málaga, en el plazo de dos meses, a partir de la publicación de este anuncio.
En Villanueva de Tapia, a 4 de agosto de 2020.
El Alcalde-Presidente, firmado: Manuel Sillero Granados.
4824/2020
D

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Número 171

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 6/9/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaysEspagne

Date06/09/2020

Page count16

Edition count5545

Première édition15/01/2001

Dernière édition26/05/2024

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