Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 4/9/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Miércoles, 4 de septiembre de 2019

Página 37

3. Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por su titular en otro órgano o Concejal.
En el texto de las resoluciones adoptadas por el Presidente de Distrito en virtud de esta delegación, se tendrá que hacer constar esta circunstancia, mediante la inclusión en la parte expositiva del siguiente texto:
Por todo ello, en ejercicio de las competencias que me han sido conferidas en virtud de la delegación efectuada por la Junta de Gobierno Local, mediante sesión de fecha punto.
Las resoluciones que se adopten por delegación se entenderán dictadas por el órgano competente, como titular de la competencia originaria, a quien se tendrá que mantener informado del ejercicio de esta delegación, y gozarán, por tanto, de ejecutividad y presunción de legitimidad.
4. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el momento de su dictado, sin perjuicio de la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, así como en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
5. Dar traslado de este acuerdo a los interesados, a la Alcaldía, al Distrito de San Pedro Alcántara y a cuantos departamentos resulte necesario para el normal desenvolvimiento de la delegación.
Se hace constar por la titular del Órgano de Apoyo a la JGL que se ha llevado a cabo la delegación de competencias, de la Junta de Gobierno Local, en el Concejal-Presidente del Distrito de San Pedro Alcántara, pero no así en los concejales presidentes del resto de distritos, por lo que estos últimos solamente tendrán la delegación de competencias que les ha otorgado la Alcaldesa en el decreto de 15 de junio, que fue modificado el 17 de junio, que habrá de ser comunicado a los servicios administrativos, ya que determinadas materias antes delegadas se ejercerán por sus titulares originales, todo ello sin perjuicio de las competencia que les atribuye el texto modificado del Reglamento de Organización y Funcionamiento de los distritos en el municipio de Marbella.
Seguidamente se da cuenta de escrito sobre la motivación de la urgencia del siguiente tenor literal:
Justificación de urgencia Asunto: Propuesta presentada por la señora Alcaldesa, relativa a delegación de competencias de la Junta de Gobierno Local en el Presidente del Distrito de San Pedro Alcántara.
Se justifica la urgencia de incorporación de este asunto en el orden del día de la Junta de Gobierno Local de 24 de junio de 2019, en la necesidad de poner en funcionamiento la estructura organizativa municipal y en cumplimiento de los principios de eficacia y eficiencia en la gestión municipal.
Todo lo que se informa y solicita en Marbella, a 8 de agosto de 2019.
La Alcaldesa-Presidenta, firmado María Ángeles Muñoz Uriol.
La Junta de Gobierno Local, tras la aprobación unánime de la urgencia, por unanimidad, acuerda aprobar la propuesta anteriormente transcrita.
Marbella, 8 de agosto de 2019.
La Alcaldesa, firmado María Ángeles Muñoz Uriol.
5981/2019
D

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Número 169

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 4/9/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaysEspagne

Date04/09/2019

Page count37

Edition count5536

Première édition15/01/2001

Dernière édition28/04/2024

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