Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 27/8/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Número 165

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 27 de agosto de 2015

Debo absolver a Unisumma, Sociedad Anónima, y Kross Hotels, Sociedad Limitada, de las pretensiones deducidas en su contra.
Se acuerda tener por desistida a la parte actora respecto de Complejo Turístico Hotel El Cortijo, Sociedad Anónima, y Hotusa Hotels, Sociedad Anónima.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme establecen los artículos 194 y siguientes de la Ley 36/2011 de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, debiendo de anunciarse dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o de su representante, al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo. También podrá anunciarse por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o graduado social colegiado, o representante ante este juzgado, dentro del indicado plazo. Asimismo, deberá consignarla recurrente como depósito, con la interposición del recurso y con las excepciones previstas en el artículo 229 del texto citado, la suma de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta por este Juzgado.
Asimismo, y con la excepción prevista en el artículo 230 del texto mencionado, será indispensable acreditar en el momento del anuncio del recurso tener consignado en la cuenta anteriormente citada, la cantidad objeto de condena, si bien puede procederse a asegurar la suma por medio de aval bancario, con responsabilidad del avalista.
Se advierte al recurrente no exento que deberá adjuntar al escrito de interposición del recurso de suplicación, el ejemplar para la Administración de Justicia, del modelo 696 aprobado por Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, con el ingreso debidamente validado, y en su caso el justificante del pago del mismo, en la cuantía establecida para el orden social, por Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación al demandado Unisumma, Sociedad Anónima, Hand Your World, Sociedad Limitada, y Kross Hotels, Sociedad Limitada, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a 19 de junio de 2015.
El Secretario Judicial firma ilegible.
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D

Página 3

Antecedentes de hecho Primero. Luis Arrabal Torreblanca ha presentado demanda de ejecución frente a Ele&M, SC, Brígido Ruiz Sánchez y José Ramón Tirado Ruiz y Ana María Martín Guerrero.
Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 1 de julio de 2015, por un total de 18.676,08 en concepto de principal más el 10% calculado para intereses.
Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial respecto de la codemandada Ele&M, SC.
Cuarto. Se ha embargado a los demandados condenados en autos la cantidad de 3,15 euros.
Parte dispositiva Acuerdo: Declarar a la ejecutada Ele&M, SC en situación de insolvencia parcial por importe de 18.672,93 euros de principal más el 10% calculado para intereses, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Malaga.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Conforme a lo establecido en la LRJS.
El Secretario Judicial.
Y para que sirva de notificación en forma a Ele&M, SC, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Dado en Málaga, a 9 de julio de 2015.
El Secretario Judicial firma ilegible.
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D
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 1 DE MÁLAGA
Procedimiento: Ejecución 186/2014.
Negociado: SF.
Sobre despido.
De don Juan José Machuca Guirado.
Contra Mr. Gold, SLU.
Edicto
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚM. 12 DE MÁLAGA
Procedimiento: 891/14.
Ejecución número 89/2015.
Negociado: BC.
De don Luis Arrabal Torreblanca.
Contra Ele&M, SC, Brígido Ruiz Sánchez, José Ramón Tirado Ruiz y Ana María Martín Guerrero.

Doña Magdalena Montserrat Quesada Enciso, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número uno de Málaga, Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 186/2014, a instancia de la parte actora don Juan José Machuca Guirado contra Mr. Gold, SLU, sobre ejecución, se ha dictado Decreto de fecha 22 de julio de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Edicto
Acuerdo
Don César-Carlos García Arnaiz, Secretario del Juzgado de lo Social número doce de Málaga, Doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue ejecución número 89/2015, dimanante de autos número 891/14, en materia de ejecución de títulos judiciales, a instancias de Luis Arrabal Torreblanca contra Ele&M SC, Brígido Ruiz Sánchez y José Ramon Tirado Ruiz, habiéndose dictado resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Decreto. Secretario Judicial don César-Carlos García Arnaiz.
En Málaga, a 9 de julio de 2015.

a Declarar a la ejecutada Mr. Gold, SLU, en situación de insolvencia por importe de 89.218,5 euros de principal más la de 14.274,96
euros calculados para intereses, costas y gastos, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.
b Una vez firme la presente resolución, librar mandamiento al Registro correspondiente para que se haga constar la declaración de insolvencia.
c Hacer entrega de testimonios a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 27/8/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaysEspagne

Date27/08/2015

Page count20

Edition count6155

Première édition15/01/2001

Dernière édition27/08/2026

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