Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 7/6/2013
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
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BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 7 de junio de 2013
Número 108
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA
Relación de resoluciones de revocaciones de oficio de prestaciones y subsidios por desempleo y de percepciones indebidas Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones sobre expedientes administrativos para la revocación de las resoluciones por las que se reconocieron prestaciones por desempleo a favor de los interesados que a continuación se citan y los motivos que asimismo se relacionan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.
Esta Dirección Provincial es competente para revocar por sí las resoluciones por las que declare el reconocimiento de prestaciones por desempleo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 226.1 y 227.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, tal como ha declarado el Tribunal Supremo en su sentencia de 29 de abril de 1996.
Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra este acuerdo, conforme a lo previsto en el artículo 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril, podrán interponer escrito de reclamación previa ante esta Dirección Provincial, presentándolo en su correspondiente oficina de empleo, o en la Subdirección Provincial de Prestaciones, o por alguno de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común dentro del plazo de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de la notificación de la presente resolución.
Málaga, 4 de febrero de 2013.
El Director Provincial, Luis E. Lorenzo Heptener.
REF.
APELLIDOS Y NOMBRE
N.I.E.
LOCALIDAD
ASUNTO
JJS/jjs
AHASSAN, ALI
X3244319-P
MIJAS
REVOCACIÓN PRESTACIÓN POR DESEMPLEO
5 9 6 6 /1 3
D
Relación de resoluciones sobre suspensiones de prestaciones Relación de resoluciones sobre suspensión de prestaciones que no han podido ser notificadas a tenor de lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común BOE de 27-11-92.
APELLIDOS Y NOMBRE
DNI
DOMICILIO
LOCALIDAD
RESOLUCIÓN
PERIODO
SUSPENDIDO
CÉSPEDES RUIZ, MIGUEL
JURADO GARCÍA, CLAUDIA
MUÑOZ MILLA, MIGUEL
PAREJA GONZÁLEZ, CARLOS
PERDIGUERO SINOVAS, MIGUEL
PEREZ ARIAS, ELISABET
ROMÁN GÓMEZ, DESEADA
RUIZ VILLEGAS, M. DOLORES
SÁNCHEZ COMITRE, RAFAEL
44586814A
74917688H
30827190Z
671218D
9283614D
44599653P
53158152T
25064362C
24771775Q
C/ ENELDO, CASA 53, 4
PASEO SANCHA, 56
UR. PUEBLO LAGO-SECTOR C-15
C/ CLARA CAMPOAMOR, N.º 46, ESCALERA 2, ÁTICO
AV. FELIX REVELLO DE TORO, N.º 82, BAJO-5
C/ IGLESIA, 8
C/ MÁLAGA VIRGEN, 3-2-1.º-L
C/ CASIMIRO JIMÉNEZ, 34
LAGAR SOTO MAMERTO-D-72
29018 MÁLAGA
29016 MÁLAGA
29738 R. VICTORIA
29730 R. VICTORIA
29016 MÁLAGA
29738 R. VICTORIA
29720 R. VICTORIA
29017 MÁLAGA
29195 COMARES
26/11/2012
14/01/2013
13/12/2012
27/11/2012
06/09/2012
27/11/2012
27/11/2012
03/01/2013
23/11/2012
23/08/12-22/09/12
30/10/12-29/11/12
08/11/12-07/12/12
05/11/12-04/12/12
07/08/12-06/09/12
21/09/12-20/10/12
29/10/12-28/11/12
09/10/12-EXCLUSIÓN
07/09/12-06/10/12
Por medio del presente edicto se notifica a todos los interesados, al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la vigente ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, que esta Dirección Provincial, en base al artículo 47 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por RD Legislativo 5/2000, de 4 de agosto BOE número 189, de 8
de agosto, ha resuelto suspenderle la prestación por desempleo por un mes.
Se le advierte que contra el acuerdo adoptado dispone de 30 días desde la publicación de este edicto para interponer ante este organismo reclamación previa a la vía jurisdiccional según el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobada por el RD Legislativo 2/95, de 7 de abril BOE número 86, de 11 de abril.
Málaga, 6 de marzo de 2013.
El Director Provincial, Luis E. Lorenzo Heptener.
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D
Relación de resoluciones de revisiones de oficio de prestaciones y subsidios por desempleo y de percepciones indebidas Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones sobre expedientes administrativos para la revisión de las resoluciones por las que se reconocieron prestaciones por desempleo a favor de los interesados que a continuación se citan y los motivos que asimismo se relacionan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.
Esta Dirección Provincial es competente para revisar por sí las resoluciones por las que declare el reconocimiento de prestaciones por desempleo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 226.1 y 227.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, tal como ha declarado el Tribunal Supremo en su sentencia de 29 de abril de 1996.