Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 28/11/2011
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Número 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 28 de noviembre de 2011
Quinta. Solicitudes Las solicitudes para participar podrán dirigirlas los interesados al señor Presidente del Consorcio, presentándolas en el Registro General del Consorcio en la oficina sita en paseo Réding número 16, CP 29016
Málaga, o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
Cuando las solicitudes no se presenten en el Registro de Entrada del Consorcio, el aspirante deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos o en el organismo oficial que proceda, y anunciar a la Presidencia del Consorcio la remisión de la solicitud mediante fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la solicitud si es recibida en el Registro de Entrada del Consorcio con posterioridad mayor a cinco días naturales desde la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo de solicitud sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
Los/as aspirantes deberán presentar solicitud de acuerdo con el modelo impreso que pueden encontrar en los lugares indicados en estas bases. También podrán confeccionar ellos mismos una instancia que reúna todos los datos de identificación requeridos.
Los/as aspirantes deberán relacionar en la solicitud los méritos que aleguen y acompañar copias de los documentos acreditativos de los mismos, sin perjuicio de que con posterioridad deban presentar los originales para su cotejo.
Sexta. Plazo de solicitud El plazo que dispondrán para presentación de solicitudes será de 5
días hábiles computados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOP de Málaga.
Séptima. Publicidad La convocatoria y las bases íntegras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.
Las bases, el modelo de solicitud y todas las informaciones y anuncios relacionados con el procedimiento selectivo se harán públicos en los siguientes lugares:
Tablón de anuncios del CPBMálaga.
Octava. Admisión de aspirantes 1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Consorcio dictará resolución aprobando las listas provisionales de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Se establece un plazo común de cinco días para poder subsanar los defectos que adolezcan las solicitudes, así como para presentar reclamaciones aquellos solicitantes excluidos. A esta resolución se dará publicidad en los lugares señalados en la base séptima.
2. Transcurrido el plazo de reclamaciones, en caso de haberlas, serán aceptadas o rechazadas mediante resolución de la Presidencia del Consorcio, por la que se aprobarán las listas definitivas. En ella además se especificarán:
Determinación individualizada de la composición de la comisión de valoración.
Fijación del lugar, fecha y hora del comienzo de actuaciones de la comisión de valoración.
Esta resolución se hará pública en los lugares citados en la base séptima.
Novena. Procedimiento selectivo La selección se efectuará por procedimiento mixto de concurso y libre designación, con las siguientes fases:
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9. 1. FASE DE VALORACIÓN DEL CONCURSO
Consistirá en la valoración de los méritos alegados y acreditados por los aspirantes que se puntuarán de acuerdo con el siguiente baremo:
1. FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO:
La puntuación máxima del apartado es de 15 puntos.
A Por título de Licenciado en Ciencias Económicas: 4 puntos.
B Por título de Diplomado en Empresariales: 1 punto.
C Por cursos impartidos por centros oficiales relacionados con las funciones propias del puesto a desempeñar, se valorarán según las horas de duración, con la siguiente puntuación:
0,01 puntos por hora de asistencia a cursos relacionados directamente con el objeto de la convocatoria dirección, planificación, presupuestos, gestión de personal, financiera, presupuestaria, marketing, etc.
0,03 puntos por hora de asistencia de cursos relacionados con el puesto a desempeñar en los ámbitos de gobierno en las instituciones, la gestión del servicio, aspecto económico, la mejora en las habilidades personales, el entorno social etc.
Máximo en el apartado C: 10 puntos.
2. CONOCIMIENTO DEL MEDIO MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE
MÁLAGA:
Por el desempeño de trabajos ejecutivos de gobierno o dirección pública local en Administraciones Locales de la Provincia de Málaga: 0,5 puntos por cada seis meses o Fracción, con un máximo de 3 puntos.
3. EXPERIENCIA PROFESIONAL:
A Por el desempeño del puesto de Gerente en Administraciones Públicas especializadas que tengan a su cargo la gestión de recursos humanos: 1 punto por cada seis meses o fracción, con un máximo de 2 puntos.
B Por el desempeño del puesto de Director en funciones que afecten al sector económico, de gestión, y operativa en el ámbito de la provincia de Málaga: 0,5 puntos por cada seis meses o fracción, con un máximo de 4 puntos.
C Por el desempeño del puesto de técnico economista en administraciones públicas: 0,5 puntos por cada 6 meses hasta un máximo de 2 puntos.
D Por el desempeño del puesto de Director de Área en administraciones públicas de ámbito provincial que requieran de un especial conocimiento de la provincia de Málaga y que suponga la realización de funciones relacionadas con el puesto de Gerencia: 0,50 puntos por cada 6 meses, hasta un máximo de 3 puntos.
E Por el desempeño de trabajos de dirección pública local en Administraciones Locales de la Provincia de Málaga relacionado con la actividad económica: 0,25 puntos por cada 6
meses hasta un máximo de 2 puntos.
Los periodos temporales que puedan coincidir en al apartado de experiencia profesional sólo se puntuarán por el de mayor puntuación, acumulándose los restos de tiempo al inmediato inferior en puntuación.
El máximo de puntuación del apartado de experiencia profesional será de 13 puntos.
La Comisión de Valoración podrá pedir a los aspirantes cuantas aclaraciones considere necesarias acerca de los méritos alegados.
Terminada la valoración de la fase de concurso la comisión de Valoración elevará al órgano de gobierno facultado para el nombramiento una relación de los aspirantes ordenada por puntuación.