Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 14/6/2004
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Número 114
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 14 de junio de 2004
JUNTA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE EMPLEO Y DESARROLLO TECNOLÓGICO
DELEGACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA
SERVICIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
RESOLUCIÓN de la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, autorizando la construcción y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica que se cita.
Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, a petición de Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada, solicitando autorización y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica, y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos en la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, de 27 de noviembre BOE de 28-11-97 y el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre BOE de 2712-00, por el que se regula el procedimiento de autorización de instalación de energía eléctrica.
Esta Delegación Provincial, por delegación otorgada mediante resolución de 17 de enero de 2001 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas BOJA de 17-02-01, Ha resuelto: Autorizar a Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada para la construcción y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica, cuya finalidad y principales características técnicas y condiciones son las siguientes:
Finalidad: Líneas subterráneas de media tensión y centro de transformación para distribución de energía eléctrica.
Situación: Camino de la Loma de San Julián de Guadalmar, en Málaga.
Características:
386 m de línea subterránea media tensión, doble circuito, conductor RHV 12/20 KV de 150 mm2 de sección.
Centro de transformación prefabricado, con una unidad transformadora de 630 KVA.
Término municipal afectado: Torremolinos.
Referencia: AT-678/6117.
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de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Málaga, 25 de mayo de 2004.
El Delegado Provincial, Decreto 21/85, de 5 de febrero, el Secretario General, firmado: Enrique Ruiz-Chena Martínez.
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RESOLUCIÓN de la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, autorizando la construcción y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica que se cita.
Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, solicitando autorización y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica, y cumplidos los trámites establecidos en la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, de 27 de noviembre BOE de 28-11-97 y en el Título VII del RD
1955/2000, de 1 de diciembre BOE de 27-12-00, por el que se regula el procedimiento de autorización de instalación de energía eléctrica.
Esta Delegación Provincial, por delegación otorgada mediante Resolución de 17 de enero de 2001 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas BOJA de 17-02-2001, Ha resuelto: Autorizar la construcción y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica cuya finalidad y principales características técnicas y condiciones son las siguientes:
Peticionaria: Blanin, Sociedad Anónima.
Domicilio: Plaza Colón, Córdoba.
Finalidad: Línea subterránea de media tensión y centro de transformación para distribución de energía y su posterior cesión a la compañía distribuidora, la cual deberá constar documentalmente.
Situación: Camino La Boladilla, s/n, Estepona.
Características:
Línea subterránea de 20 KV con conductor RHZ 12/20 KV de 150 mm2 de sección y 35 m de longitud.
Centro de transformación prefabricado de 630 KVA.
Término municipal afectado: Estepona.
Referencia: AT-8313.
Condiciones Condiciones 1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto pr esentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de seis meses, contados a partir de la fecha de la presente resolución.
3. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
4. Asimismo, el titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los organismos y corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por el mismo. Además el titular deberá disponer de todos los permisos de paso, cruce y ocupación necesarios.
5. El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación.
6. En el caso de proyectos de modificación de instalaciones existentes, se aportarán las revisiones reglamentarias de las instalaciones que alimenta.
7. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de doce meses, contados a partir de la fecha de la presente resolución.
3. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
4. Asimismo, la titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los organismos y corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por la misma. Además la titular deberá disponer de todos los permisos de paso, cruce y ocupación necesarios.
5. El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación.
6. En el caso de proyectos de modificación de instalaciones existentes, se aportarán las revisiones reglamentarias de las instalaciones que alimenta.
7. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, a partir del día