Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 20/1/2003

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MALAGA 20 de enero de 2003

del obligado al pago, la existencia de dificultades en su situación económico-financiera, el carácter transitorio de las mismas y la posibilidad de cumplir el aplazamiento solicitado en un futuro próximo; compromiso irrevocable de aval solidario y acreditación de la existencia de circunstancias excepcionales que concurran, en su caso; así como aquella otra documentación que venga determinada por la normativa tributaria reguladora de esta materia.
B Criterios generales:
1. Deudas de importes comprendidos entre 300 y 1.500 euros:
- El plazo máximo será de seis meses.
2. Deudas de importes comprendidos entre 1.500,01 y 3.005 euros:
- El plazo máximo será de nueve meses.
3. Deudas de importes comprendidos entre 3.005,01 y 6.010 euros:
- El plazo máximo será de doce meses.
4. Deudas de importes comprendidos entre 6.010,01 y 12.020 euros:
- El plazo máximo será de dieciocho meses.
5. Deudas de importes comprendidos entre 12.020,01 y 24.040 euros:
- El plazo máximo será de veinticuatro meses.
6. Deudas de importes comprendidos entre 24.040,01 y 48.080 euros:
- El plazo máximo será de treinta meses.
7. Deudas de importes superiores a 48.080 euros:
- El plazo máximo será de treinta y seis meses.
8. Excepcionalmente o cuando medie autorización expresa por parte del Ayuntamiento titular del derecho se concederá para deudas inferiores a 300 euros o por periodos superiores a los señalados.
9. Exención de garantías. No se exigirá garantía, salvo que circunstancias concretas así lo aconsejen, para las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas cuyo volumen conjunto no exce-

Número 12

da de 3.005 euros, ya sea en periodo voluntario o ejecutivo de pago, sin perjuicio del mantenimiento en este último caso, de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de la presentación de la solicitud de aplazamiento.
A efectos de determinar la cuantía señalada en el párrafo anterior, se acumularán en el momento de la solicitud tanto las deudas a que se refiere la propia solicitud como cualesquiera otras del mismo deudor para las que se haya solicitado y no resuelto aún el aplazamiento o fraccionamiento así como el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las deudas aplazadas o fraccionadas.
C Intereses de demora:
1. La deuda cuyo pago se aplace deve n ga r á , excluido el recargo de ap re m i o , intereses de demora conforme a lo previsto en los artículos 10 de la Ley 39/1988 de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales y 58.2.c de la Ley 230/1963 de 28
de diciembre, General Tri bu t a ri a , por el tiempo comprendido entre el vencimiento del periodo voluntario y el vencimiento del plazo concedido.
2. En caso de fraccionamiento se computarán los intereses devengados por cada fracción desde el vencimiento del periodo voluntario hasta el vencimiento del plazo concedido.
D Efectos de la falta de prestación de garantías y de pago:
Los efectos derivados de la falta de prestación de las garantías exigibles y de pago, serán los previstos en los artículos 48 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.
Málaga, 8 de enero de 2003.
El Presidente firma ilegible.
2 7 0 /0 3
D

UNIDAD DE MULTAS


Edicto de notificación de denuncias de multas de tráfico lote 774
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre BOE 27.11.92, se hace pública notificación de denuncia de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por la Unidad de Multas del Patronato de Recaudación Provincial PRP, órgano instructor de los mismos, siendo el órgano competente para su resolución el Sr. Presidente del PRP acuerdo de delegación de 5 de febrero de 2001 del Ilmo. Ayuntamiento de Rincón de la Victoria, a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose realizado doble intento de notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar, y cuyos pagos podrán hacerse efectivos a partir de esta publicación, pudiendo tener el 30% de reducción, siempre que realice el abono de la misma antes de que sea dictada la correspondiente resolución sancionadora.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de Multas del PRP ante la cual le asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la provincia de Málaga. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho a formular alegaciones o proponer pruebas, se dictarán las correspondientes Resoluciones Sancionadoras.
Si alguna de las personas o entidades denunciadas no fuese responsable de la infracción, se le requiere para que en el plazo arriba indicado comunique al órgano instructor la identidad y el domicilio del conductor infractor, advirtiéndole que de no hacerlo será considerado como autor de falta grave con multa de 301 euros. En los mismos términos responderá, como titular del vehículo, cuándo no sea posible notificar la denuncia al conductor identificado por causa imputable a usted mismo, de conformidad con el artículo 72.3 de la Ley de Seguridad Vial.
LSV: Ley de Seguridad Vial BOE 14.03.90
RGC: Reglamento General de Circulación BOE 31.01.92
OMC: Ordenanza Municipal de Circulación de Rincón de la Victoria BOP 14.08.00
EXP/EJER
MATRICULA

DNI/CIF
AGENTE


TITULAR
FECHA Y HORA


1800/2002
MA5513CH
1704/2002
M6437SG
1790/2002
MA8430BW
1675/2002
4078BCG
1807/2002
9575BWL
1672/2002
MA0443BN
1802/2002
MA6732CX

24804606A
125
25916332R
134
24938493F
142
72531540M
138
33380129E
138
24854866P
124
33388144X
125

AGUILAR MARTINEZ SEBASTIAN
10092002 23:20
ANGUITA CA/ADA JUAN LUIS
22082002 12:15
ARANDA FERNANDEZ MANUEL
10092002 19:40
ATIENZAR FERNANDEZ FRANCISCO
07092002 20:16
BALLESTER PAREJA JOSE LUIS
03082002 00:32
CARDENAS GARRIDO FRANCISCO
06092002 8:00
CESPEDES GARCIA FRANCISCO JOSE
21092002 02:50

LUGAR DE LA INFRACCION


INFRACCION


IMPORTE


CALLE POETA MANUEL ALCANTARA JUNTO AL BL. Nº 5.

RGC:94-2F-1A

70

AVDA MEDITERRANEO DEL FRENTE AL Nº 140.

RGC:94-2A-1I

120

AVDA MEDITERRANEO DEL FRENTE A BAR BUS.

RGC:94-2A-1I

120

AVDA TORRE DE LA FRENTE AL Nº 30.

RGC:167--1A

50

AVDA MANUEL ALTOLAGUIRRE FRENTE EDIF. BRISA.

RGC:91-2H-1A

120

PLAZA SUPERSOL ZONA MERCADILLO. LA CALA DEL MORAL. RGC:94-2A-1C

70

AVDA MEDITERRANEO DEL FRENTE A EDIF. PAJARITOS.

70

RGC:94-2E-1A

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 20/1/2003

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaysEspagne

Date20/01/2003

Page count36

Edition count6054

Première édition15/01/2001

Dernière édition19/03/2026

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