Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 2/4/2022 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 63

Viernes, 1 de abril de 2022

Página 28

ADMINISTRACIÓN LOCAL

M ÁL AGA
Organismo Autónomo de Gestión Tributaria
Una vez aprobadas las listas cobratorias del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles urbanos, las listas cobratorias del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles rústicos, así como la lista cobratoria del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales correspondientes al ejercicio 2022, se expone al público en el tablón de anuncios electrónico municipal habilitado al efecto desde las dependencias del Negociado de Edictos del excelentísimo Ayuntamiento de Málaga, sitas en avenida de Cervantes, 4, de esta ciudad, durante el plazo de treinta días hábiles siguientes al de inserción del presente en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que, dentro de dicho plazo, puedan formularse, en su caso, contra las mismas las reclamaciones u observaciones sobre errores de trascripción, aritméticos y demás de hecho y análogos, o sea, de fundamento distinto a los que, en su caso, hubieran sido procedentes en la notificación inicial sobre inclusión en este registro de contribuyentes.
Contra los extremos comprendidos en esta lista cobratoria que no hubieran adquirido firmeza con anterioridad, podrá interponerse en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública de anterior mención, y sin que puedan simultanearse, alguno de los siguientes recursos:
a Recurso de reposición ante el órgano que ha dictado el acto, conforme a lo establecido en el artículo 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
b Reclamación económico-administrativa ante el excelentísimo Ayuntamiento, presentada ante el órgano que ha dictado el acto y que será resuelta por el Jurado Tributario, según lo establecido en el artículo 137 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente, significándose que ninguno paraliza el procedimiento de cobranza, incluso en periodo de apremio, salvo en los casos y formas previstos en la Ley 58/2003, General Tributaria y sus reglamentos de desarrollo.
Málaga, 21 de marzo de 2022.
El Gerente del O. A. de Gestión Tributaria y otros servicios del excelentísimo Ayuntamiento de Málaga, firmado: José María Jaime Vázquez.
829/2022
D

Centro de Ediciones de la Diputación de Málaga CEDMA. Avenida de los Guindos, 48, 29004 MÁLAGA
Teléfonos: 952 069 279 - 283 / Fax: 952 603 844 www.bopmalaga.es www.cedma.es
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Ed icto

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 2/4/2022 (Suplemento 1)

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaysEspagne

Date02/04/2022

Page count7

Edition count4127

Première édition20/02/2001

Dernière édition24/06/2024

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