Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 1/2/2008 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Número 23

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 1 de febrero de 2008

Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en esta Delegación Provincial, sita en calle Bodegueros, 21, y formularse al mismo tiempo las reclamaciones, por duplicado, que se estimen oportunas, en el plazo de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.
La Delegada Provincial, María Gámez Gámez.
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RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA DE LA CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA, AUTORIZANDO LA
CONSTRUCCIÓN Y APROBACIÓN DEL PROYECTO DE LA INSTALACIÓN
ELÉCTRICA QUE SE CITA.

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, solicitando autorización y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica, y cumplidos los trámites establecidos en la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, de 27 de noviembre BOE de 28-11-97 y en el Título VII del RD 1955/2000, de 1 de diciembre BOE de 27-12-00, por el que se regula el procedimiento de autorización de instalación de energía eléctrica.
Esta Delegación Provincial, competente por delegación, mediante Resolución de 23 de febrero de 2005 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas BOJA de 28-03-2005, Ha resuelto: Autorizar la construcción y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica cuya finalidad y principales características técnicas y condiciones son las siguientes:
Peticionaria: Inmobiliaria Granada-Sol, Sociedad Limitada.
Domicilio: Calle Pavaneras, 5, Granada.
Finalidad: Línea subterránea de media tensión y centro de seccionamiento para distribución de energía y su posterior cesión a la compañía distribuidora, la cual deberá constar documentalmente.
Situación: Parcela M-2 PERI San Andrés.
Características:
50 m línea subterránea media tensión 20 KV, conductor aluminio 18/30 KV de 240 mm2 de sección.
Centro de seccionamiento.
Término municipal afectado: Málaga.
Referencia: AT-10818.
Condiciones 1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de doce meses, contados a partir de la fecha de la presente resolución.
3. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
4. Asimismo, la titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los organismos y corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por la misma. Además la titular deberá disponer de todos los permisos de paso, cruce y ocupación necesarios.
5. El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación.
6. En el caso de proyectos de modificación de instalaciones existentes, se aportarán las revisiones reglamentarias de las instalaciones que alimenta.
7. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor
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Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999, de 13
de enero.
La Delegada Provincial, María Gámez Gámez.
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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA
MEDIO AMBIENTE Y ARTICULACIÓN TERRITORIAL
RECURSOS EUROPEOS Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Edicto La Excma. Diputación Provincial de Málaga, en Junta de Gobierno celebrada el día 08/01/2008, punto núm. 6/14, acordó aprobar las bases y convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de Cooperación Internacional al Desarrollo 2008; cuyo texto literal se transcribe a continuación:
Bases Artículo 1. Objeto 1. Las presentes Bases tienen por objeto regular, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones que se concedan por la Diputación Provincial de Málaga a las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo en adelante, ONGD para la realización de proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo, para la presente convocatoria de 2008.
2. A los efectos previstos en las presentes Bases, solo podrán ser objeto de subvención los siguientes proyectos y acciones, ya realizados o por realizar.
a Proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo.
b Proyectos sobre Acciones Humanitarias y Derechos Humanos.
c Proyectos de Educación al Desarrollo y Sensibilización Social en el ámbito de la Provincia de Málaga.
Artículo 2. Régimen jurídico de las subvenciones En todo lo no previsto en las presentes Bases, será de aplicación la Ordenanza General de Subvenciones de ésta Diputación, aprobada en la sesión de Pleno celebrada el día 21/12/2004, al punto núm. 3 de su orden del día BOP Málaga de 25/02/2005 y modificada en la sesión de Pleno celebrada el día 31/07/2007 BOP Málaga de 05/10/2007, y, en su defecto, se aplicará la normativa recogida en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Artículo 3. Destinatarios y requisitos generales 1. La presente convocatoria va dirigida a ONGD legalmente constituidas, con capacidad jurídica de obrar en España que, al momento de la presentación de la solicitud de subvención, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a Tener como fines institucionales específicos la realización de actividades de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que integren en sus acciones los enfoques transversales de género y defensa del medioambiente, y en general, el fomento de la solidaridad entre los pueblos con el fin de mejorar las condiciones de vida de su población.
b Carecer de fines de lucro.
c Tener sede social o delegación permanente en la provincia de Málaga, acreditada por la correspondiente inscripción registral.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 1/2/2008 (Suplemento 1)

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaysEspagne

Date01/02/2008

Page count16

Edition count4688

Première édition20/02/2001

Dernière édition27/08/2026

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