Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 30/8/2005 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Página 38

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 30 de agosto de 2005

Número 165

ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

ÍNDICE

ORDENANZA MUNICIPAL DE LA EDIFICACIÓN

M I JA S

Artículo 1. Objeto
Edicto El Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria de fecha 5 de agosto de 2005, adoptó el siguiente acuerdo:
1.º Aprobar inicialmente la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Mijas conforme a la documentación técnica elaborada por Tales-Ur S.C. de fecha junio 2005, debiendo abrirse un periodo de exposición pública por dos meses, procediendo asimismo, la apertura de información pública por el mismo periodo del correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, que también se aprueba.
2.º Dejar constancia que el acuerdo de aprobación inicial adoptado, conlleva y determina la suspensión por el plazo máximo de un año del otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en las áreas en las que las nuevas determinaciones para ellas previstas, supongan una modificación del Régimen Urbanístico inserto en el Planeamiento que hoy se aprueba inicialmente.
3.º Que durante el periodo comprendido entre la presente aprobación inicial y la propuesta de aprobación provisional de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Mijas y en su caso, para la aprobación definitiva de las Ordenanzas de Edificación y Urbanización se subsanen y se incorporen al expediente las correcciones apuntadas tanto por la Asesoría Jurídica como por la Oficina Técnica Municipal, en sus informes, por tratarse de correcciones o de simples errores que no son de características sustanciales y que no alteran la cuestión de fondo del expediente y sí viene a perfilar una mayor perfección en determinados aspectos puntuales a que se refieren meritadas correcciones.
4.º Asimismo, dejar constancia también en acta de las puntualizaciones formuladas por el Ingeniero Técnico Industrial Municipal en su informe transcrito en el cuerpo del presente acuerdo y que deberán ser tenidas en cuenta cuando el Plan se desarrolle tanto a nivel procedimental como en su aplicación material, una vez aprobado definitivamente.
5.º También deberán tenerse en cuenta en el desarrollo del Plan las consideraciones formuladas por Intervención sobre los aspectos presupuestarios, contables, etc., en el desarrollo de dicho Plan General y que se dan por reproducidas en aras de la brevedad.
6.º Aprobar inicialmente las Ordenanzas de Edificación y Urbanización elaboradas para completar la ordenación urbanísticas establecida en la documentación correspondiente a la Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística referido, procediendo la exposición pública de las mismas durante dos meses, a contar desde su publicación en los boletines oficiales correspondientes, a efectos de abrir un periodo o trámite de audiencia a los interesados para la presentación de alegaciones y sugerencias que consideren oportunas 7.º Comunicar a los Órganos y Entidades Administrativas Gestoras de intereses públicos con relevancia e incidencia territorial, la adopción del presente acuerdo para que, si lo estiman pertinentes dichos Organismos, puedan comparecer en el Procedimiento y hacer las exigencias que se deriven de dichos intereses, debiéndose realizar y practicar igual trámite con los Municipios colindantes.
Lo que se notifica para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, publicándose como anexo las ordenanzas íntegras de edificación y urbanización.
ANEXO I
ORDENANZA MUNICIPAL DE LA EDIFICACIÓN
MIJAS. JUNIO 2005
AYUNTAMIENTO DE MIJAS. TALES-UR, S.C.

TÍTULO I. CONDICIONES GENERALES DE LA EDIFICACIÓN
CAPÍTULO 1. DETERMINACIONES GENERALES
Artículo 2. Definición Artículo 3. Clases de condiciones CAPÍTULO 2. CONDICIONES DE LA PARCELA EDIFICABLE
Artículo 4. Definición Artículo 5. Linderos Artículo 6. Alineaciones Artículo 7. Superficie de parcela Artículo 8. Parcela mínima y parcela indivisible Artículo 9. Rasantes CAPÍTULO 3. CONDICIONES DE POSICIÓN DEL EDIFICIO EN LA
PARCELA
Artículo 10. Definición Artículo 11. Referencias de la edificación Artículo 12. Posición de la edificación respecto a la alineación Artículo 13. Separación a linderos Artículo 14. Retranqueo Artículo 15. Separación entre edificios Artículo 16. Fondo edificable Artículo 17. Área de movimiento de la edificación Artículo 18. Tipologías edificatorias CAPÍTULO 4. CONDICIONES DE OCUPACIÓN DE LA PARCELA
POR LA EDIFICACIÓN
Artículo 19. Definición Artículo 20. Superficie ocupable Artículo 21. Superficie ocupada Artículo 22. Coeficiente de ocupación Artículo 23. Superficie libre de parcela CAPÍTULO 5. CONDICIONES DE EDIFICABILIDAD
Artículo 24. Definición Artículo 25. Superficie edificada por planta Artículo 26. Superficie edificada total Artículo 27. Superficie útil Artículo 28. Superficie edificable o edificabilidad Artículo 29. Coeficiente de edificabilidad CAPÍTULO 6. CONDICIONES DE VOLUMEN Y FORMA DE LOS
EDIFICIOS
Artículo 30. Definición Artículo 31. Aplicación Artículo 32. Sólido capaz Artículo 33. Altura de la edificación Artículo 34. Medición de la altura en número de plantas Artículo 35. Medición de la altura en unidades métricas Artículo 36. Cota de referencia para la medición de la altura de la edificación Artículo 37. Construcciones por encima de la alturade las plantas de una edificación Artículo 39. Altura de piso y altura libre Artículo 40. Soportales Artículo 41. Regulación de los cuerpos salientes en fachada CAPÍTULO 7. CONDICIONES DE CALIDAD E HIGIENE DE LOS
EDIFICIOS
Artículo 42. Definición y aplicación Artículo 43. Calidad de las construcciones SECCIÓN 1.: CONDICIONES HIGIÉNICAS DE LOS LOCALES
Artículo 44. Pieza habitable Artículo 45. Condiciones de iluminación y ventilación de piezas habitables SECCIÓN 2.: CONDICIONES HIGIÉNICAS DE LOS EDIFICIOS
Artículo 46. Tipos de patios

Acerca de esta edición

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PaysEspagne

Date30/08/2005

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