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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 25/2/2003 (Suplemento 1)
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)
Página 38
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MALAGA 25 de febrero de 2003
JUNTA DE ANDALUCIA
CONSEJERIA DE EMPLEO Y DESARROLLO TECNOLOGICO
DELEGACION PROVINCIAL DE MALAGA
SERVICIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS
RESOLUCION de la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, autorizando la construcción y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica que se cita.
Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, solicitando autorización y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica, y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos en la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, de 27 de noviembre BOE de 28-1197, y el título VII del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre BOE
de 27-12-00, por el que se regula el procedimiento de autorización de instalación de energía eléctrica.
Esta Delegación Provincial, por delegación otorgada mediante resolución de 17 de enero de 2001 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas BOJA de 17-02-01, ha resuelto:
Autorizar la construcción y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica cuya finalidad y principales características técnicas y condiciones son las siguientes:
Peticionaria: Excelentísima Diputación Provincial de Málaga.
Domicilio: Plaza de la Marina, s/n. Málaga.
Finalidad: Línea aérea y centro de transformación para distribución de energía y su posterior cesión a la compañía distribuidora, la cual deberá constar documentalmente.
Situación: Molino Don Juan. Villanueva de Tapia.
Características:
- Línea aérea 25 KV, con conductor al-ac, de 31,10 mm2 de sec ción y 143 m de longitud.
- Centro de transformación intemperie de 50 KVA.
Término municipal afectado: Villanueva de Tapia.
Presupuesto: 28.622,07 euros.
Referencia: AT-7830.
Condiciones 1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de seis meses, contados a partir de la fecha de la presente resolución.
3. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
4. Asimismo, el titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los organismos y corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puesta en su conocimiento y aceptadas por él mismo.
5. El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las misma se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación.
6. En el caso de proyectos de modificación de instalaciones existentes, se aportarán las revisiones r eglamentarias de las instalaciones que alimenta.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999 de 13 de enero.
Málaga, 21 de noviembre de 2002.
La Delegada Provincial, firmado: Isabel Muñoz Durán.
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Número 38
RESOLUCION de la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, autorizando la construcción y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica que se cita.
Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial, solicitando autorización y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica, y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos en la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, de 27 de noviembre BOE de 28-1197, y el título VII del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre BOE
de 27-12-00, por el que se regula el procedimiento de autorización de instalación de energía eléctrica.
Esta Delegación Provincial, por delegación otorgada mediante resolución de 17 de enero de 2001 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas BOJA de 17-02-01, ha resuelto:
Autorizar la construcción y aprobación del proyecto de la instalación eléctrica cuya finalidad y principales características técnicas y condiciones son las siguientes:
Peticionaria: Excelentísima Diputación Provincial de Málaga.
Domicilio: Plaza de la Marina, s/n. Málaga.
Finalidad: Línea aérea y centro de transformación para distribución de energía y su posterior cesión a la compañía distribuidora, la cual deberá constar documentalmente.
Situación: Paraje Rabanales, 2. fase. Teba.
Características:
- Línea aérea 25 KV, con conductor al-ac, de 31,10 mm2 de sec ción y 902 m de longitud.
- Centro de transformación intemperie de 100 KVA.
Término municipal afectado: Teba.
Presupuesto: 30.050,61 euros.
Referencia: AT-7799.
Condiciones 1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto pr esentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de seis meses, contados a partir de la fecha de la presente resolución.
3. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
4. Asimismo, el titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los organismos y corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puesta en su conocimiento y aceptadas por él mismo.
5. El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las misma se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación.
6. En el caso de proyectos de modificación de instalaciones existentes, se aportarán las revisiones r eglamentarias de las instalaciones que alimenta.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el excelentísimo señor Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999 de 13 de enero.
Málaga, 21 de noviembre de 2002.
La Delegada Provincial, firmado: Isabel Muñoz Durán.
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Información pública De acuerdo con lo establecido en el atículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y el artículo 17 de su Reglamento, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, se somete a información pública la solicitud de ocupación forzosa formulada por