Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 25/06/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 121

25 de Junio de 2021

2979

AYUNTAMIENTOS
ALAJAR
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Ordenanza scal reguladora de la tasa de licencia urbanística y actividades de control en los supuestos de declaración responsable o comunicación previa Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a denitivo el Acuerdo de de la sesión ordinaria del Pleno de fecha 2 4
de marzo de 2021 por el que se aprueba inicialmente la Ordenanza scal reguladora de la tasa de licencia urbanística y actividades de control en los supuestos de declaración responsable o comunicación previa, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
En Alájar, a 10 de junio de 2021.- EL ALCALDE-PRESIDENTE. FDO: Rafael Martín Bohórquez Ordenanza fiscal de la tasa de licencia urbanística y actividades de control en los supuestos de declaración responsable o comunicación previa Artículo 1º. Fundamento y naturaleza jurídica.
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el art. 106 de la Ley 7/ 1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 al 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la Tasa de Licencias Urbanísticas y actividades de control en los supuestos de Declaración Responsable y Comunicación Previa exigidas por la legislación del suelo y ordenación urbana aplicable en Andalucía, la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de la Ordenación Urbanística de Andalucía LOUA, el Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía, aprobado por Decreto 60/2010, de 16 de marzo RDUA y por la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en los arts. 20 a 27 y 57 del ya citado Real Decreto Legislativo 2/2004.
Artículo 2º. Hecho imponible.
1. Constituye el hecho imponible de esta tasa la actividad municipal, técnica y administrativa, tendente a vericar si los actos de edicación y uso del suelo, que hayan de realizarse en el término municipal, se ajustan a las normas urbanísticas, de edicación y policía previstas en la legislación del suelo y ordenación urbana, así como para efectuar el control necesario en los supuestos en que los que la exigencia de licencia fuera sustituida por la presentación de declaración responsable o comunicación previa.
2. Los actos de construcción o edicación e instalación y de uso del suelo, incluido el subsuelo y el vuelo sujetos a licencia urbanística municipal y declaración responsable o comunicación previa se encuentran delimitados en los artículos 169 y 169 bis de la LOUA.
En todo caso, se entenderán incluidos cualesquiera otros actos de naturaleza urbanística que se determinen por las correspondientes Normas Subsidiarias Municipales de Planeamiento, Plan General de Ordenación Urbanística, Planes de Ordenación vigente u otro instrumento de Planeamiento General, sujetos a licencia o informe urbanístico, o requiera la realización de actividad administrativa de control cuando se establezca la obligación de presentación de declaración responsable o comunicación previa.
Artículo 3º. Sujeto pasivo.
1. Son sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas físicas y jurídicas y las Entidades a que se reere el artículo 35 de la Ley General Tributaria y artículo 23 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
2. En todo caso tendrán la condición de sustitutos del contribuyente los constructores titulares de la Comunicación Previa y Declaración Responsable, o, en su caso, de la solicitud de licencia presentada ante el Ayuntamiento.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 25/06/2021 a las 00:00:04
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxs5rqMzjYSFVFEhDBkiFPIIQ== en https verifirma.diphuelva.es

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 25/06/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaysEspagne

Date25/06/2021

Page count42

Edition count2324

Première édition02/01/2014

Dernière édition19/06/2023

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