Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 04/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 211

4 de Noviembre de 2019

6687

Fundamentos de derecho I
Visto lo dispuesto en el art. 21.1 s y 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local BOE núm. 80, de 3 de abril de 1985, que establece que el Alcalde puede delegar el ejercicio de sus atribuciones, salvo las de convocar y presidir las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno Local, decidir los empates con el voto de calidad, la concertación de operaciones de crédito, la jefatura superior de todo el personal, la separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral, y las enunciadas en los párrafos a, e, j, k, l y m del apartado 1 de este artículo. No obstante, podrá delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de las atribuciones contempladas en el párrafo j..
II
Visto lo dispuesto en el art. 43.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales BOE núm. 305, de 22 de diciembre de 1986, dispone que el Alcalde puede delegar sus atribuciones, salvo las mencionadas en el art. 21.3 y 71 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en los términos previstos en este artículo y en los siguientes..
III
Visto el art. 51 y 52 del Código Civil que regula la celebración del matrimonio.
IV
Visto lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en adelante LRBRL, así como lo establecido en el art. 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales en adelante ROF, vista la legislación general aplicable, y visto que se han observado todas las formalidades, RESUELVO:
PRIMERO.- Delegar en Dña. MARÍA DÍAZ GONZÁLEZ, Concejal de este Ayuntamiento, el ejercicio de la competencia correspondiente para la autorización del acto de celebración del matrimonio civil previsto para el 17 de octubre de 2019.
SEGUNDO.- Delegar en Dña. CARMEN OSORNO SEVILLANO, Concejal de este Ayuntamiento, el ejercicio de la competencia correspondiente para la autorización del acto de celebración del matrimonio civil previsto para el 31 de octubre de 2019.
TERCERO.- Noticar la presente resolución a las interesadas, para la aceptación expresa por parte de la Delegada. Asimismo, la delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el término de tres días hábiles contados desde la noticación del acuerdo el miembro u órgano destinatario de la delegación no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación, de conformidad con lo establecido en el art. 114.1 del ROF.
TERCERO.- Publicar la presente resolución en el Boletín Ocial de la Provincia de Huelva, de conformidad con lo establecido en el art. 44.2 del ROF, así como en el tablón de anuncios de esta Corporación.
CUARTO.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que se celebre, ex. art. 44.4 del ROF.
QUINTO.- Contra esta Resolución, que pone n a la vía administrativa, podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su noticación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.1
y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de que alternativamente pueda interponer Recurso de Reposición, en el plazo de un mes, ante SS. Sra. Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Alájar, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo en tanto no recaiga resolución expresa o presunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.1 y 123 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; todo ello, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime procedente.
Lo manda y rma el Sr. Alcalde-Presidente, D. Rafael Martín Bohorquez, en Alájar, 14 de octubre de 2019.- EL ALCALDE-PRESIDENTE.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 04/11/2019 a las 00:00:09
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 04/11/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaysEspagne

Date04/11/2019

Page count24

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Première édition02/01/2014

Dernière édition19/06/2023

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