Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 12/02/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 29

12 de Febrero de 2019

759

Notifíquese la presente resolución a las partes MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la noticación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneciario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el n de cuenta de este Juzgado nº 1932 0000 30 0236 18 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social-Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social-Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especicar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de noticación al demandado INFORFONPC S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE
HUELVA Y EN EL TABLÓN DE ANUNCIOS DE ESTE JUZGADO, con la advertencia de que las siguientes noticaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Huelva, a veintidós de enero de dos mil diecinueve, EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

EDICTO
D/D MARÍA DEL CARMEN BELLÓN ZURITA, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE HUELVA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 558/2018 a instancia de la parte actora D/D. GUILLERMO PÉREZ GARCÍA contra SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO
EN HUELVA y EMPRESA DE GESTIÓN INTEGRAL FACILITY SERVICES S.L. GRUPO EGI sobre Reclamación al Estado salarios tramitación se ha dictado SENTENCIA de fecha 21/01/19, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por DON GUILLERMO PÉREZ GARCÍA contra ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN HUELVA y EMPRESA
DE GESTIÓN INTEGRAL FACILITY S.L. GRUPO EGI, debo condenar y condeno a la Administración General del Estado Subdelegación del Gobierno en Huelva, a abonar al actor la suma de cuatro mil ciento veinte euros y dos céntimos de 4.120,02 €, absolviendo a "Empresa de Gestión Integral Facility S.L.Grupo EGI" de cuantos pedimentos fueron deducidos en su contra por el Sr. Pérez, sin efectuar pronunciamiento alguno respecto del Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese esta sentencia a las partes y advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de CINCO DÍAS hábiles siguientes a tal noticación, por escrito, o comparecencia, o mediante simple manifestación al noticarle la presente, ante este Juzgado de lo Social.
También se advierte a la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del benecio de justicia gratuita que si recurre deberá acreditar al anunciar el Recurso el ingreso del importe de su condena en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre de este Juzgado, bajo el n .
1932000036055818, en la ocina del Banco Santander Calle Marina n 2 de esta Ciudad, mediante la presentación en la Secretaría del oportuno resguardo, pudiendo sustituirse dicha consignación por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, en cuyo caso deberá aportar el documento de aseguramiento. Y al interponer el Recurso, demostrará el ingreso de 300,00 euros en dicha cuenta, mediante entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría de este Juzgado de lo Social.

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 12/02/2019 a las 00:00:03
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxstH68FrzOckO/+zZTZIR9Rg== en https verifirma.diphuelva.es

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 12/02/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaysEspagne

Date12/02/2019

Page count50

Edition count2572

Première édition02/01/2014

Dernière édition18/06/2024

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