Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/09/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 12 de septiembre de 2022

debiendo el postulante proceder a su integración como presupuesto para su aceptación en carácter de postor. Art. 22 del Anexo I del Acuerdo 3604, la que será devuelta de oficio mediante transferencia electrónica a quien no resulte adquirente exenta de gravadoen los términos del art. 39 del Anexo I del Acuerdo 3604 texto según Ac. 3875. En caso de que el oferente hubiese efectuado reserva de postura deberá solicitar su restitución en las presentes actuaciones art. 39 del Anexo I del Acuerdo 3604 texto según Ac. 3875. Las sumas dentro de las cuales podrán efectuar sus ofertas los postores, estarán determinadas por un cuadro de tramos de pujas numerado correlativamente, e incrementados de acuerdo a lo establecido en el artículo 32 de la Ac. 3604/15, correspondiendo a cada uno de ellos un monto concreto. La primera oferta a efectuarse deberá -al menosser igual a la base aquí establecida art. 31, 32 y 33 Ac. 3604/2012 SCBA. Déjase establecido que queda prohibida la compra en comisión. Fíjase la audiencia del día 28 de diciembre de 2022 a las 10 hs. a efectos de que en presencia de la Sra. Secretaria se proceda a la confección del acta de adjudicación del bien a la sede del Juzgado, el adjudicatario y el martillero interviniente -pudiendo concurrir las partes del procesoa efectos de que en presencia de la Sra. Secretaria se proceda a la confección del acta de adjudicación del bien. El adjudicatario deberá constituir en dicho acto domicilio legal bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado.
Asimismo, deberá comparecer al acto munido del formulario de inscripción a la subasta, comprobante del depósito en garantía -el que se tomará a cuenta del precio-, constancia de código de postor y constancia de depósito en la cuenta de autos del precio de la compra efectuada y del 3 % más IVA, del mismo en concepto de comisión del martillero con más el 10 %, de dicha comisión correspondiente a aportes de ley. Art. 38 del Anexo i de la Acordada 3604. Como así también el sellado fiscal de ley. Los gastos de inscripción del bien se encuentran a cargo del adquirente. El saldo de precio deberá ser abonado al quinto día de aprobada la subasta que será notificada en forma electrónica, bajo apercibimiento de considerarlo postor remiso, perder la suma depositada como garantía y la seña art. 35 CPCC. Abonado el saldo de precio se mandará entregar la posesión de lo subastado y se dispondrá automáticamente la indisponibilidad del 100 % del precio obtenido, hasta que se otorgue la escritura correspondiente o se inscriba el bien a su nombre. El comprador deberá dar estricto cumplimiento con la Resolución Normativa 62/2010 de Arba, debiendo entregar al martillero dentro de los tres días de celebrada la subasta la declaración jurada que exige dicha normativa. Para la eventualidad que el mayor oferente no cumpliere con tales obligaciones, perderá la garantía, la seña depositada y se le impondrá una multa equivalente al 5 % de la oferta formulada art. 35 CPCC y quien haya realizado la oferta precedente, si no hubiere pedido la restitución de la garantía, será invitado a mantenerla. En caso de existir más de un postor, y habiéndose declarado al vencedor en la puja como "postor remiso", se considerará vencedor al postor que hubiese realizado la segunda mejor oferta -siempre que el mismo haya realizado la correspondiente reserva de postura-, a quien se llamará a ratificarla, siempre que la misma sea igual o superior al noventa y cinco por ciento 95 % de la oferta primera, comunicándose al postor al correo electrónico proporcionado y/o comisionándose al martillero a los fines de su notificación. En caso de ratificación de la oferta, se fijará una nueva fecha de audiencia para la adjudicación y pago de saldo de precio. En caso contrario se seguirá el procedimiento aquí descripto hasta que alguno de los oferentes ratifique su oferta. Los impuestos, tasas y contribuciones que correspondan nacionales o provinciales al bien subastado, serán soportadas con el precio de la venta, hasta el momento de la toma de posesión del bien, la que no podrá extenderse del plazo de 30 días de efectuada el pago del saldo de precio.
Superado dicho lapso, correrán los que se devenguen a cargo del adquirente. Deudas del inmueble: Arba al 02/08/2022 Sin Deuda -Municipal al 21/03/2022- $54848,45 y AySA al 02/08/2022 -$419,88.- Fecha de vistita del inmueble, 3 y 4 de noviembre de 2022 en el horario de 12 a 13 hs. Gral. San Martín, 2022. Nicolas Stocco Balseiro, Auxiliar Letrado.
sep. 9 v. sep. 12

CLAUDIO ALEJANDRO MELILLI
POR 3 DÍAS - Por orden del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 14, Secretaría Única de San Isidro, se hace saber por 3 días, que en autos: Baldoncini Edgardo Daniel c/ Diaz Viviana Andrea y Otro/a s/Cobro Ejecutivo. Expte.
Nº SI-30873-2010. Se decreta la venta en pública subasta y al mejor postor de las 2/8 avas partes del bien al que se refiere el informe de dominio acompañado a la presentación electrónica del día 5/11/21 correspondiente a la demandada Viviana Andrea Diaz, DNI 20.978.405, cuyos datos son los siguientes: Matrícula 73132 del Partido de General Rodríguez 046, Circ. 2, Parcela 85, Partida inmobiliaria 046-00324-5. Con la base de $ 531.127 100 % de la valuación fiscal correspondiente a las 2/8 partes del inmueble. Tengo en cuenta para ello el monto de la deuda y la exigua valuación fiscal, por lo que estimo que fijar en este importe la base para el remate no ocasiona perjuicio a ninguna de las partes, toda vez que el mayor valor que se obtenga sólo redundará en beneficio de los interese de ambas, de modo que el acreedor tendrá más posibilidades de ver satisfecho su crédito y el deudor de cumplir con la obligación a su cargo conf. Cám. Civ. y Com.
La Plata, Sala 2da., B 81115; sumario JUBA B300271. La venta se realizará por intermedio del martillero Melilli, Claudio Alejandro, Colegiado 6377 de San Isidro, CUIT 20-14902123-0, Tel. Celular 11-51259404. Se deja constancia que la parte adquirente queda liberada, hasta que quede firme la orden de entregar la posesión, de toda deuda que afecte al inmueble, operándose una subrogación real de los privilegios respectivos que se trasladarán al precio obtenido Conf. Cám. Civ. y Com. de San Isidro, Sala I, causa 71.539 del 7/11/96, E.D., revista del 18/3/97, con excepción de las deudas por expensas, en caso de que las hubiera, las que estarán a cargo del comprador conf. SCJBA, Ac. 65.168 del 13/7/99 in re "Bco. Río de la Plata c/Alonso Raúl Alberto y Otro s/Ejec. Hipotecaria". La venta se efectuará mediante la modalidad de Subasta Electrónica, de acuerdo a lo previsto en el art. 562 del CPCC -según Ley 14.238- y en los artículos 1 y ssgtes. del Ac.
3604/2012 SCBA y su anexo reglamentario. Inscripción de interesados y depósito en garantía: Los usuarios registrados en el portal para poder pujar en la subasta deberán encontrarse inscriptos con una antelación mínima de tres días hábiles al comienzo de la celebración de la misma art. 24 anexo 1 Ac. 3604 SCBA. A esos fines deberán depositar, al menos tres días antes de la fecha fijada para el inicio de la puja electrónica, un monto equivalente al cinco por ciento 5 % de la base fijada en la cuenta abierta a nombre del suscripto art. 562 del CPCC y arts. 22 y 37 Ac. 3604 y Ac. 3731 SCBA. Cuenta Judicial en Pesos N 876656/3, CBU 0140136927509987665633 y cuyo N de CUIT es 30-707216650-0- Si el usuario se presentase a fin de intentar una compra en comisión deberá denunciar el nombre de su comitente, debiendo ambos comisionista y comitente encontrarse inscriptos en el Registro General de Subastas Judiciales a los fines de la admisibilidad de su inscripción en la subasta. Para el supuesto de solicitar la exención del depósito de garantía el ejecutante deberá -además de completar el formulario de inscripción en la página web de la SCBApresentar en la seccional correspondiente el testimonio de la resolución judicial que lo exime del depósito en garantía, sustitutivo del
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/09/2022 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date12/09/2022

Page count84

Edition count3360

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