Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/03/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 15 de marzo de 2022

desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado". Ricardo Perdichizzi, Juez.
mar. 11 v. mar. 17
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a GALEANO MARÍA ELENA, GUSTAVO JAVIER LÓPEZ, MARCELA FERNANDA ROLDÁN en causa N INC-17458-1 seguida a Ullaco Mario por el delito de Estafas, la Resolución que a continuación de transcribe:
del Plata, 9 de noviembre de 2021. Autos Y Vistos: En virtud de lo informado por la Actuaria, retierese ofício a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de las víctimas a fin de notificarlas que el causante Ulacco Mario Antonio ha solicitado el instituto de la libertad asistida y que conforme dispone la Ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Público Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena.
Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener actualizado el domicilio en el cual se le cursarán las notificaciones pertinentes. Asimismo, y en caso de considerarlo pertinente podrá solicitar la provisión de dispositivos de monitoreo que alerten sobre la cercanía física del liberado bajo alguno de estos institutos. El/la Juez/a deberá comunicar a las Fuerzas de Seguridad la resolución adoptada, a fin de que estas adopten las medidas necesarias para garantizar la protección de la víctima En este sentido, requiérasele que indique si desea ser informada de las resoluciones que se adopten, así como si desea ser oida en audiencia en forma previa al otorgamiento de las formas de libertad anticipada que puedan aplicarse en este caso, solicitándosele que de desearlo constituya un domicilio donde pueda ser notificada al respecto, pudiendo realizar su manifestación en los cinco días posteriores a su notificación, haciéndosele saber que de no expresarse en ese tiempo, se considerará que no desea intervenir en el expediente. Sin perjuicio de ello, hágasele saber que podrá hacer manifestaciones de así desearlo por vía telefónica, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 12:00 hs. al abonado telefónico 0223 495 6666 internos 57312 o 57313, o vía e-mail a juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar, en el mismo plazo de cinco días antes mencionado". Ricardo Perdichizzi. Juez.
mar. 11 v. mar. 17
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez en lo Correccional N 3, Dra. Susana González La Riva, dirijo a Ud. el presente en la Causa N 249/22 O.I. 4693; IPP N IPP PP-02-00-001560-22/00 caratulada: "Alvarez Galo Martin s/Amenazas", a fin de solicitarle se sirva disponer la publicación por cinco días, a efectos de citar al imputado ALVAREZ
GALO MARTÍN Titular del DNI 43.971.459, como consecuencia de la resolución que a continuación se transcribe: "Atento lo que surge del informe recibido de la Comisaría Séptima de Policía en fecha 07/03/22 respecto de que el imputado Alvarez Galo Martín, no ha sido habido, desconociéndose su actual paradero, cíteselo al mencionado imputado, para que en el plazo de cinco días se presente en la sede de este Juzgado, sito en la calle Estomba 32, de la ciudad de Bahía Blanca, 2do. piso, bajo apercibimiento de declararlo Rebelde. Notifíquese electrónicamente". 07/03/22. Susana Gonzalez La Riva, Juez.
mar. 11 v. mar. 17
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Dr. Santiago Luis Marchio, titular del Juzgado en lo Correccional N 2 del Departamento Judicial Mercedes, cita y emplaza a REYNIOSO HUGO ORLANDO, DNI N 25.654.443, para que dentro del término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho con respecto a la Causa N ME-1498-2019-7137, "Reynoso Hugo Orlando s/Robo en Grado de Tentativa", seguida al nombrado conforme surge de la resolución que se transcribe: "Autos Y
Vistos: Atento lo informado precedentemente por la autoridad policial, y siguiendo lo preceptuado por el Art. 129 del Código Procesal Penal cítese por edictos durante cinco 5 días al encausado Hugo Orlando Reinoso bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde. Notifíquese y publíquese". Dr. Santiago Luis Marchio. Juez en lo Correccional. Secretaría, marzo de 2022.
mar. 11 v. mar. 17
POR 5 DÍAS - El Señor Juez Dr. Santiago Luis Marchio, titular del Juzgado en lo Correccional N 2 del Departamento Judicial Mercedes, cita y emplaza a MERILES NICOLÁS AXEL, DNI N 43.730.710, para que dentro del término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho con respecto a la Causa N ME-1380-2021-7816, "Castro Cristian Rubán s/Hurto Calificado", seguida al nombrado conforme surge de la Resolución que se transcribe: Asimismo, respecto a la situación procesal del coencausado Nicolás Axel Meriles, atento lo informado precedentemente por la autoridad policial, y siguiendo lo preceptuado por el Art. 129 del Código Procesal Penal, cítese por edictos durante cinco 5 días al mismo bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde. Notifíquese y publíquese". Dr. Santiago Luis Marchio, Juez en lo Correccional.
Secretaría, marzo de 2022.
mar. 11 v. mar. 17

SECCIÓN JUDICIAL > página 15

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/03/2022 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date15/03/2022

Page count81

Edition count3369

Première édition02/07/2010

Dernière édition06/06/2024

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