Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/02/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 08 de febrero de 2022

aplazamiento, anulación o cancelación de la subasta ordenada, dispuesto ello por el suscripto, éste notificará a las partes, al martillero y comunicará inmediatamente a la Seccional interviniente y debiendo ésta última hacerlo al Registro General de Subastas Judiciales. Asimismo, la Seccional del Registro procederá a la publicación inmediata de dicha incidencia y, en caso de corresponder, a la difusión de la nueva fecha prevista. La publicación de las ocurrencias antes mencionadas en el sitio web, será considerada aviso suficiente para los postores admitidos en la subasta Art. 43 del Anexo I Ac. 3604
S.C.B.A.. Compra en comisión: En caso de pujar en comisión, deberá indicarse el nombre del comitente al momento de inscribirse como postor en la subasta decretada, debiendo ambos estar previamente inscriptos en el Registro General de Subastas Judiciales Art. 582 del CPCC y Art. 21 3er. párr. Anexo I Ac. 3604 S.C.B.A.. A su vez, deberá ratificarse lo actuado, mediante escrito suscripto por ambos comisionista y comitente en el plazo de cinco días de aprobado el remate Arts. 581 y 582 del CPCC. En su defecto, se lo tendrá al comisionista por adjudicatario definitivo. Queda expresamente prohibida la transmisión de los derechos adquiridos como consecuencia de haber triunfado en la puja como así también la cesión del acta de adjudicación. Depósito de Garantía: Todo oferente que haya cumplido con la inscripción general como postor en el R.G.S.J. y desee participar de la presente subasta, deberá efectivizar el depósito en garantía mediante cualquier medio de pago disponible que haga ingresar el dinero en la cuenta judicial abierta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Campana, cuenta N 71360275279966, CBU N 0140025027713652799662, CUIT N
30707216650 Art. 21 a 24 del Anexo I del Ac. 3604/2012 emitido por la SCBA a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos. Se hace saber que la suma de depósito en garantía es de pesos dieciocho mil $18.000. El mismo no será gravado por impuesto o tasa alguna y deberá ser depositado con una antelación mínima de tres días hábiles al comienzo de la celebración del remate. Cumplido este recaudo, se generará a favor del interesado el "Código de Postor"
que resulta necesario a los fines de validar su inscripción en el remate aquí ordenado Art. 562, 4 párrafo, Art. 22 y 37
Anexo I Ac. 3604. Reintegro de Garantías: Una vez que sean presentados el informe remitido por el Registro General de Subastas Judiciales Departamental Art. 37 Anexo I Ac. 3604 y el acta del martillero Art. 36 Anexo I Ac. 3604 S.C.B.A.;
los depósitos en garantía serán reintegrados a los oferentes no ganadores de manera inmediata o automática mediante oficio a confeccionar por el Juzgado, dirigido al Banco de la Provincia de Buenos Aires para que transfiera la suma depositada en garantía a la cuenta de origen o a aquella denunciada como destinataria por cada depositante no ganador.
Ahora bien, en el caso de aquellos oferentes que hubieran hecho reserva de postura la garantía les será devuelta sólo si lo solicitan Art. 585 2 párrafo del CPCC; Art. 39 Anexo I Ac. 3604/12 S.C.B.A.. Cualquiera sea el supuesto -como así también en los de anulación o cancelación de la subastasólo tendrá lugar la devolución del importe abonado, sin ningún tipo de intereses, indexaciones ni acrecidos, renunciando el postor a toda indemnización por daños y perjuicios.
Adjudicación: La adjudicación recaerá en el postor que, luego de la eventual puja que se llevará a cargo durante el período de celebración de la subasta, ofrezca el precio más alto establecido en el cuadro de tramos de la misma, determinado previamente por el sistema informático. En caso de que exista igualdad entre posturas máximas secretas, tendrá prioridad aquella realizada con fecha y/u hora anterior Arts. 30, 31, 32, 34 y cctes. Anexo I Ac. cit. prec.. Una vez concluido el acto de subasta y determinado el ganador, éste será notificado a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, así como en su panel de usuario del Portal. Audiencia de Adjudicación: La celebración de la audiencia correspondiente tendrá lugar en la sede del Juzgado el día 29 de marzo de 2022 a las 10:00 hs. Deberá comparecer a la misma el martillero y el adjudicatario y, si es su voluntad, el demandado Art. 38 Anexo I Ac. 3604/2012
SCBA. El adjudicatario deberá presentarse a dicha audiencia acompañando el formulario de inscripción a la subasta, comprobante de pago del depósito en garantía, constancia de código de postor y demás instrumentos que permitan su individualización fehaciente como comprador en la subasta electrónica. Asimismo, en dicha oportunidad también deberá acreditar el depósito de la seña estipulada, y el pago de los honorarios, aportes e IVA del martillero, lo que no podrá ser integrado con la suma entregada en concepto de garantía de reserva. En el mismo acto, constituirá domicilio legal y electrónico a los efectos pertinentes, bajo apercibimiento de ley Arts. 41, 133 y 580 CPCC. Se hace saber que celebrada la audiencia de adjudicación, labrada el acta y una vez aprobado el remate -lo que será notificado al domicilio constituido por el adquirentecomenzará a correr el plazo estipulado por el Art. 581 del CPCC cinco días para que el adjudicatario acredite el pago del saldo de precio a la cuenta judicial de autos, bajo apercibimiento de declararlo postor remiso Art. 585
del CPCC. En este caso se computará a cuenta de pago el 5% abonado en concepto de depósito en garantía. Postor remiso. Invitación al resto de los postores a convertirse en adjudicatarios: En el supuesto de que el mayor oferente no cumpla las obligaciones indicadas o que no integre el saldo de precio, éste incurre en situación de postor remiso y automáticamente quedará afectada la garantía depositada a embargo en favor de autos con el fin de salvaguardar eventuales daños y perjuicios que dicha conducta pudiera ocasionar en esta causa, lo que será evaluado en el momento procesal oportuno, a petición del interesado Art. 585 y 34 inc. 5 del CPCC 21 y 40 de la Ac. 3604/12. Asimismo, se proseguirá de la siguiente manera: 1 se invitará al segundo mejor postor para que acepte convertirse en adjudicatario, siempre que al momento de acreditarse a la subasta hubiera hecho reserva de postura y que su oferta sea igual o mayor que el 95% de la oferta de quien devino en postor remiso Arts. 585 CPCC y 21 y 40 Ac. 3604/12; 2 si el segundo mejor postor no acepta la invitación, ésta se hará extensiva por su orden a los sucesivos mejores postores, en tanto cumplan los dos mismos recaudos indicados en el acápite anterior; 3 si la invitación no fuera aceptada por ninguno de los postores indicados precedentemente, el juzgado invitará al postor cuya oferta siga en orden de importancia aunque sea inferior al 95% de la oferta de quien devino en postor remiso, mientras no hubiera retirado aún su depósito en garantía, previo acuerdo entre el propietario del bien subastado y el acreedor subastante Art. 485 cpcc. Se deja sentado que sólo en el supuesto de fracasar todas las alternativas referidas se ordenará oportunamente la realización de una nueva subasta Art.
585 cód. proc., texto según Ley 14.238, v. aut. cit. en "La subasta judicial electrónica en la provincia de Buenos Aires", pub.
en LLBA2013 octubre, 929. Impuestos, tasas y contribuciones: La subasta se ordena libre de gravámenes, impuestos, tasas y contribuciones, hasta la fecha de la entrega de la posesión al futuro adquirente, liberándose en su oportunidad los certificados correspondientes y con relación al mismo. Al respecto, se informa que la referida entrega de la posesión no podrá exceder el término de 10 días hábiles de suscripta el acta de adjudicación. En el supuesto en que tal acto se realice con posterioridad, la liberación de deudas tendrá lugar hasta el día en que dicho término se cumpla, sin perjuicio de las demás medidas que se puedan adoptar Arts. 34, 35 y 36 CPCC. Deudas: Patentes ARBA al 30/11/2021: $315.179,60.
Infracciones PBA al 4/12/2021: $18.200. Infracciones CABA al 04/12/2021: $5.300. Exhibición: El automotor será exhibido el día 15 de febrero de 2022 de 10:00hs. a 14:00 hs. y el día 16 de febrero de 2022 de 10:00 hs. a 14:00 hs. en el depósito situado en la calle Homero N 1331, CABA. Asimismo, se hace saber que todos los interesados también podrán visualizar
SECCIÓN JUDICIAL > página 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/02/2022 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date08/02/2022

Page count69

Edition count3358

Première édition02/07/2010

Dernière édition30/04/2024

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