Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/05/2020 - Sección Judicial

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 27 de mayo de 2020

domiciliaria la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 18 de mayo de 2020. Atento que al día de la fecha no se cuenta con la notificación de las víctimas de autos, Sras. Violeta Ollier, Espinoza Miriam Ester y Difrini Elsa Leonor, notifíquese a las mismas a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, que podrá realizar las manifestaciones que estimen pertinentes en relación a la prisión domiciliaria solicitada por Zalazar Angel Ezequiel, de acuerdo a sus derechos propios conforme el art. 11 bis de la ley 24660 en los cinco días posteriores a su notificación, pudiendo remitirla via fax al 0223-4956666 int. 57313 o 57462, o via mail al juzejec1-mp@jusbuenosaires.gov.ar. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
may. 21 v. may. 28
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a PIZZUTTO YANINA y FERNANDEZ ROBERTO, con último domicilio conocido en calle Mugaburu 5233 de la localidad de Mar del Plata y a César Puente y Ariadna Puente, con útlimo domicilio conocido en calle Marechal 6769 de la localidad de Mar del Plata víctimas de la causa nro. INC-16544-1 seguida a Garcia Raul Alberto por el delito de Incidente de Libertad Condicional. la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 30 de Abril de 2020 A los fines de dar cumplimiento con lo normado por el art. 11 bis de la ley 24.660 modificada por la L. 27375, ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima informada por la Sra. Actuaria, a fin de notificarla del presente, debiéndosele hacer saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación.- Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión negativa a ello Fdo. Ricardo Perdichizzi, Juez de Ejecución.
"mlc del Plata, 18 de Mayo de 2020. Visto lo dispuesto por la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Deptal., en Acuerdo 1072-2020, en cuanto disponen la suspensón por el plazo de 30 días de la realización de todas las audiencias orales correspondientes a los Juzgados de Ejecución Penal y de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Deptal., lo que motivo que se dejaren sin efecto la totalidad de las ordenes de comparendo dispuestas por este juzgado, y habiéndose dispuesto por el Acuerdo antes mencionado excepcionar la aplicación del art. 3 ley 12256 disponiéndose la resolución por escrito de las incidencias cuyas audiencias orales hubieran sido fijadas, de los informes colectados córrase vista a Fiscal y Defensa art. 498 CPP por vía electrónica y por el plazo de tres días, a fin de permitirles efectuar las manifestaciones que estimen pertinentes, haciéndose saber que finalizado dicho plazo, sin perjuicio de recibirse o no contestación de la vista en cuestión, se pasará a resolver Art. 498 C.P.P..-Asimismo, sin perjuicio de librarse oficio a la Seccional correspondiente al último domicilio conocido de la víctima, notifíqueselas asimismo por edictos, por el plazo de tres días, a través de su publicación en el Boletín Oficial. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
may. 21 v. may. 28
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a Sr. EPIFANIO ALEGRE, con último domicilio en calle Ayolas N 11320 de la localidad de Mar del Plata víctima en causa nro. INC-16697-1 seguida a TAboada Edgar Rene por el delito de Incidente de Libertad Asistida. la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata 27 de Abril de 2020 A los fines de dar cumplimiento con lo normado por el art. 11 bis de la ley 24.660 modificada por la L. 27375, ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima informada por la Sra. Actuaria, a fin de notificarla del presente, debiéndosele hacer saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención;
libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación.- Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los planteos que se formulen en esos casos, y en tal caso, fije domicilio para su notificación, pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión negativa a ello Fdo. Ricardo Perdichizzi, Juez de Ejecución del Plata, 18 de Mayo de 2020 -Visto lo dispuesto por la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Deptal., en Acuerdo 1072-2020, en cuanto disponen la suspensón por el plazo de 30 días de la realización de todas las audiencias orales correspondientes a los Juzgados de Ejecución Penal y de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Deptal., Lo que motivo que se dejaren sin efecto la totalidad de las ordenes de comparendo dispuestas por este Juzgado, y habiéndose dispuesto por el Acuerdo antes mencionado excepcionar la aplicación del art. 3 ley 12256 disponiéndose la resolución por escrito de las incidencias cuyas audiencias orales hubieran sido fijadas, de los informes colectados córrase vista a Fiscal y Defensa art. 498 CPP
por vía electrónica y por el plazo de tres días, a fin de permitirles efectuar las manifestaciones que estimen pertinentes, haciéndose saber que finalizado dicho plazo, sin perjuicio de recibirse o no contestación de la vista en cuestión, se pasará a resolver art. 498 CPP.-Asimismo, sin perjuicio de librarse oficio a la Seccional correspondiente al último domicilio conocido de la víctima, notifíqueselas asimismo por edictos, por el plazo de tres días, a través de su publicación en el Boletín Oficial. fdo. Ricardo Perdichizzi, Juez de Ejecución.
may. 21 v. may. 28
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a las víctimas de autos, la Sra. PATIÑO IRMA ROSA, con último domicilio conocido en calle Pasteur nro. 1385 de esta ciudad de Mar del Plata; la Sra. Alicia Leonor Lespera, con último domicilio en calle Marcos Sastre nro. 2146 de esta ciudad de Mar del Plata; el Sr. Pirillo Agustin Serafin y la Sra. Randazzo Beatriz Elisa, con último domicilio en calle Castelli nro. 1154 de esta ciudad de Mar del Plata; y el Sr. Deldelian Juan Carlos y la Sra. Stefanyszyn Alicia Susana, con último domicilio en calle Daprotis nro. 4656 de esta ciudad de Mar del Plata; en causa nro. 16747 seguida a Rebolledo Sergio Osvaldo por el delito de Robo Agrabado la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 14 de Mayo de 2020. Autos y Vistos: Atento el estado de autos y correspondiendo al suscripto la intervención como Juez de Ejecución Penal conf. CPP art. 497 y Res. 555/05 S.C.J.P.B.A., hágase saber a las partes y dispónense las siguientes medidas: 10.- Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de las víctimas a fin
SECCIÓN JUDICIAL > página 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/05/2020 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date27/05/2020

Page count21

Edition count3360

Première édition02/07/2010

Dernière édition03/05/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Mayo 2020>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31