Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/12/2018 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 28 de diciembre de 2018

interno 5615 seguida al nombrado en orden al delito de encubrimiento agravado, cuya resolución infra se transcribe:Banfield, 13 de diciembre de 2018 -Y Visto Considerando Resuelvo: 1 Citar a Rafael Alejandro Daniel Dangelo Mercante por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio, debiendo presentarse el nombrado dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le declarará su rebeldía art.303 y siguientes del Código de Procedimiento Penal. 2 Notifíquese. Fdo.
Ana María Tenuta, Juez. Ante mí: Maximiliano Estevez. Auxiliar Letrado Secretaría, Banfield, 13 de diciembre de 2018.
dic. 21 v. dic. 28
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas Zamora, Dra.
Ana María Tenuta notifica a MARIO CRISTIAN ADRIANO BLASI, en causa nro. 07-00-8246-14 nro. interno 5026 del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del departamento judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed.
Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, email: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa Nº 07-Identificación de la Causa nº interno seguida al nombrado en orden al delito de Objeto de la causa, cuya resolución infra se transcribe:"Banfield, 18 de octubre de 2016. Autos Y
Vistos: Para resolver en la presente causa N 07-008246-14 Nº interno 5026, N gestión 1214/2014, seguida a Blasi Mario Cristian Adriano, en orden al delito de resistencia a la autoridad, y Considerando: Que habiendo transcurrido el término por el cual se concediera el instituto de Suspensión del Juicio a Prueba y, no habiéndose informado incumplimiento alguno de las obligaciones oportunamente impuestas por quien tenía el control de las mismas, en conformidad con el dictamen expresado por el Sr. Fiscal de Juicio interviniente, es que corresponde declarar la extinción de la acción penal art. 76ter del C.P.. Por todo lo expuesto es que, Resuelvo: I.- Declarar la extinción de la acción penal de la presente causa N 07-008246-14 Nº interno 5026, respecto a Blasi Mario Cristian Adriano a quien se le imputara el delito de resisitencia a la autoridad, hecho presuntamente ocurrido el día 12 de febrero de 2014 en la localidad de San Jose, partido de Lomas de Zamora. Artículo 76 ter del C.P..II. Sobreseer al encartado Mario Cristian Adriano Blasi, D.N.I. Nº 31523311, de nacionalidad Argentina, Soltero, nacido el día 11/03/1985, hijo de Hector Blasi y de Maria Angel, domiciliado en calle 14
de Julio N 1250 y Guemes, anotado en Registro Nacional de Reincidencia bajo el Nº U2934804, y en la Sección antecedentes personales del Ministerio de Seguridad provincial bajo el Nº AP1294322, en virtud de lo resuelto en el acápite I. Artículo 341 del Ceremonial. Regístrese, Notifíquese, comuníquese y archívese. Fdo. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí:
Analía Di Giacomo Auxiliar Letrado Secretaría, Banfield, 7 de diciembre de 2018.
dic. 21 v. dic. 28
POR 10 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de Dolores, a cargo de la Doctora Alicia G.
Mendes de Macchi, Secretaría Única a cargo de la Doctora Vanesa Raquel Casielles, sito en calle Belgrano N 141, Piso 2
de la ciudad de Dolores, provincia de Buenos Aires, cita a ALVAREZ DRAGO SOCIEDAD COMERCIAL COLECTIVA, para que comparezca a tomar la intervención que le corresponda en los autos caratulados Herrero Diana Inés s/ Beneficio de litigar sin gastos Expte 67648 bajo apercibimiento de designársele al Señor Defensor de Pobres y Ausentes para que lo represente en el proceso. Dolores, 17 de octubre de 2018. Fdo. Verónica M. Gonzalez, Aux. Letrada.
dic. 21 v. ene. 7
POR 10 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de Dolores, a cargo de la Doctora Alicia G.
Mendes de Macchi, Secretaría Única a cargo de la Doctora Vanesa Raquel Casielles, sito en calle Belgrano N 141, Piso 2
de la ciudad de Dolores, provincia de Buenos Aires, cita y emplaza a ALVAREZ DRAGO SOCIEDAD COMERCIAL
COLECTIVA, para que dentro del plazo de 10 días comparezca a tomar la intervención que le corresponda en los autos caratulados Herrero Diana Inés y Otros c/ Álvarez Drago Sociedad Comercial Colectiva s/ Prescripción adquisitiva larga expte 67647 bajo apercibimiento de designársele al Señor Defensor de Pobres y Ausentes para que lo represente en el proceso. Dolores, 23 de noviembre de 2018. Fdo. Mariela C. Martinez, Aux. Letrada.
dic. 21 v. ene. 7
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas Zamora, Dra.
Ana María Tenuta notifica a AVALOS SERGIO RAUL, por el término de cinco días en causa nro. 750923 del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del departamento judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel. nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3lz@jusbuenosaires.gov.ar, seguida al nombrado en orden al delito de hurto calificado, de la resolución infra se transcribe:"Banfield, 27 de noviembre de 2018.-Y Vistos: Esta causa Nº 750923 nº interno 2936 del registro de este Juzgado y Nº 3994/2007 del registro de la Secretaría de Gestión de la Excma. Cámara de Apelación de Garantías departamental, caratulada "Avalos Sergio Raúl s/ Hurto calificado" y Considerando: Que la causa de referencia se trata un hecho de hurto en grado de tentativa presuntamente ocurrido el día 27 de febrero de 2007 junio la misma llega a esta sede y es radicada con fecha 22 de octubre del año 2007, ordenándose la citación a juicio conforme lo dispone el artículo 338
del Ceremonial.-Que a fs. 122 de la presente causa se decretó la rebeldía del imputado Javier Eduardo Avalos. Que a fs.
147 el Sr. Fiscal Juan José Gonzalez, solicitó la prescripción de la acción penal. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, cabe renovar el tratamiento de la cuestión al amparo de la ley 25.990. En tal sentido se ha expedido, con fecha 4 de agosto de 2009, la Sala III del Excmo. Tribunal de Casación Penal Provincial, en causa n 5.429
caratulada "O.L.A. s/ recurso de casación", mediante el voto de los Dres. Borinsky, Violini y Carral, al manifestar: Para así resolver, se dijo, entre otras consideraciones, que es un criterio consolidado que la prescripción puede y debe ser declarada, incluso, de oficio, en cualquier instancia del proceso y por cualquier tribunal, por tratarse de una cuestión de orden público que, como tal, opera de pleno derecho, por el solo "transcurso del tiempo" cfr. en el orden nacional, entre varios, doctr. C.S.J.N., "Fallos" 305:1236; 311:2205; 313:1224; 323:1785; 324:2778 y, en el ámbito local, P. 50.959, sent.
del 17-V-2000; P. 61.271, sent. del 23-VIII-2000; P. 62.689, sent. del 3-X-2001; P. 83.147, set. del 14-IV-2004, entre muchas otras Que no habiéndose dictado sentencia condenatoria en estos autos, quedan unicamente en pie con efecto interruptivo los actos contemplados en el artículo 67 incisos a y d del C.P. Así las cosas, destaco que la radicación de la presente causa ocurrió el día 22 de octubre del año 2007, y que habiéndose glosado la planilla de antecedentes personales
SECCIÓN JUDICIAL > página 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/12/2018 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date28/12/2018

Page count35

Edition count3369

Première édition02/07/2010

Dernière édition06/06/2024

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