Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/07/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 5270

LA PLATA, MARTES 8 DE JULIO DE 2014

fundamentos, y por ser su sincera convicción Arts. 59 Inc.
3, 62 Inc. 20, 67, 42, 162, 163 Inc. 4º y 164 todos del Código Penal y 210 del C.P.P.. A la misma cuestión la Dra. Ávalos, dijo: Que adhiere al voto antecedente por sus fundamentos, y por ser su sincera convicción Arts. 59 Inc.
3º, 62 Inc. 2º, 67, 42, 162, 163 Inc. 4º y 164 todos del Código Penal y 210 del C.P.P.. Segunda: Qué pronunciamiento corresponde dictar? A esta cuestión el Dr.
Tamagno dijo: En atención al resultado de la votación obtenido al tratar la primera cuestión corresponde sobreseer Alejandro Alberto Rodríguez en la presente causa Nº 104/1660 y en su acumulada Nº 1110/1860 que se le siguieran por la presunta comisión de los delitos de Hurto simple en grado de tentativa, Robo agravado por escalamiento en grado de tentativa y Robo simple en razón de haber operado la prescripción de las acciones penales.
Así lo voto. Arts. 59 Inc. 3, 62 Inc. 2, 67, 42, 162, 163
Inc. 4º y 164 todos del Código Penal y 210 y 323 Inc. 1
del C.P.P.. A la misma cuestión el Dr. Campos Campos adhirió al voto del colega preopinante dando el suyo en igual sentido y por los mismos fundamentos Arts. 59 Inc.
3, 62 Inc. 2, 67, 42, 162, 163 Inc. 4º y 164 todos del Código Penal y 210 y 323 Inc. 1º del C.P.P.. A la misma cuestión la Dra. Ávalos dijo: Que adhiere al voto del Dr.
Tamagno por sus fundamentos, y por ser su sincera convicción Arts. 59 Inc. 3º, 62 Inc. 2º, 67, 42, 162, 163 Inc. 4
y 164 todos del Código Penal y 210 y 323 Inc. 1º del C.P.P.. Por ello, el tribunal por unanimidad resuelve:
Sobreseer a Alejandro Alberto Rodríguez -argentino; titular del D.N.l Nº 32.002.982; nacido el día 28 de noviembre de 1985, en San Clemente del Tuyú, Pcia. de Buenos Aires; hijo de Carlos Alberto y de Norma Beatriz Morete;
instruido; con último domicilio en calle Estrada Nº 1104 de Balfield, Pdo. de Lomas de Zamoraen orden a los hechos por los que fue requerido de juicio, que fueron calificados como Hurto simple en grado de tentativa, Robo agravado por escalamiento en grado de tentativa y Robo simple, en razón de haber operado la prescripción de las acciones penales Arts. 59 Inc. 3, 62 Inc. 2, 67, 42, 162, 163 Inc.
4 y 164 todos del Código Penal y 210 y 323 Inc. 1º CP.P..
Regístrese. Notifíquese. Con lo que finalizó el presente acuerdo, firmando los señores Jueces, ante mí de lo que doy fe. Fdo. Dres. Analía Graciela, Ávalos, Jorge Alberto Tamagno y Eduardo Adrián Campos Campos Jueces.
Marisol Moreno, Secretaria. Asimismo se transcribe el proveído que dispuso el presente: Dolores, 18 de junio de 2014. Habiéndose recepcionado las actuaciones por las que se intentó la notificación del encausado Alejandro Alberto Rodríguez proveniente de la Comisaría de Policía segunda de Banfield, Lomas de Zamora y en razón de ignorarse el domicilio del nombrado conforme surge de fs.
362, y a fin de notificarlo de la resolución obrante a fs.
350/352, procédase a la publicación de edictos judiciales por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Art. 129 del CP.P.. Fdo. Dr.
Jorge Alberto Tamagno Juez. Tribunal Criminal Nº 2 Dpto.
Judicial Dolores. Marisol Moreno, Secretaria. Dolores, 23
de junio de 2014.
C.C. 6.882 / jul. 4 v. jul. 11


POR 5 DÍAS - En Causa Nº 57.767, seguida Bogado Martínez Claudelino, Sosa Rivero Pablo, Sotelo Paulino y Benítez Juan Ramón s/ Homicidio en riña, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 a mi cargo, Secretaría Única interinamente a cargo del Dr. Enrique Martín Equisito, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar a los prevenidos BOGADO
MARTÍNEZ CLAUDELINO, SOSA RIVERO PABLO, SOTELO PAULINO y BENÍTEZ JUAN RAMÓN cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 18 de junio de 2014. Autos y Vistos Por ello Resuelvo: IDeclarar la extinción de la acción penal puesta en marcha en la presente causa seguida a Bogado Martínez Claudelino, Sosa Rivero Pablo, Sotelo Paulino y Benítez Juan Ramón en orden al delito de Homicidio en riña, por la prescripción operada conforme lo normado por los Arts.
59 Inc. 3º y 62 Inc. 2º, 95 todos del C.P.IILevantar la captura que pesa sobre los nombrados que fuera decretada en esta causa conforme lo expuesto precedentemente, por haber desaparecido el poder punitivo del estado en lo sucesivo. A tal fin líbrese oficio de estilo Notifíquese Fdo.
Gastón Giles. Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 18 de junio de 2014 Autos y Vistos Resuelvo IV. Procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que Bogado Martínez Claudelino, Sosa Rivero

BOLETÍN OFICIAL

Pablo, Sotelo Paulino y Benítez Juan Ramón sea debidamente notificado del presente auto Fdo. Gastón Giles.
Juez. Dolores, 18 de junio de 2014.
C.C. 6.883 / jul. 4 v. jul. 11


POR 5 DÍAS - La señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Notifica a MORENO, CINTIA ALICIA, en la causa Nº 2523-C Nº interno 2523-C
seguida a la nombrada por infracción artículo 68 de la Ley 8031, cuya resolución infra se transcribe: Banfield, 18 de noviembre de 2013. Autos y Vistos: Esta causa Nº 2523-C
Nº interno 2523-C del registro de este Juzgado caratulada Moreno, Cintia Alicia s/Infracción artículo 68 de la Ley 8.031 y considerando: Que se inicia esta causa con fecha 17 de febrero de 2000 por la cual se le imputa al infraccionado la comisión de la falta tipificada en los artículos 68
de la Ley 8.031. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, entiendo que analizadas las constancias de autos surge claramente de las actuaciones que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 33 de la Ley 8.031 ya que opera la prescripción de la acción al año de cometida la falta. Por todo lo expuesto, es que Resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del encartado Moreno, Cintia Alicia en orden a la infracción artículo 68 de la Ley 8.031, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada ley. Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. II Sobreseer al imputado Cintia Moreno, no posee documento, de nacionalidad argentina, domiciliado en calle 850 y 829, Lanús Este, en virtud de lo resuelto en el acápite I. Regístrese, notifíquese. Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. Fdo. Ana María Tenuta.
Juez. Ante mí: Marcela Di Marco. Auxiliar Letrada. Otro decreto: Banfield, 17 de junio de 2014. Atento el tiempo transcurrido y no habiendo comparecido los infractores de autos, a los fines de no provocar dilaciones indebidas, notifíquese a Cintia Moreno por intermedio de edictos la resolución que luce a foja 39/vta., los que se publicarán por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio. Fdo. Ana María Tenuta. Ante mí: Marcela Di Marco. Auxiliar Letrada.
Secretaría, Banfield, 17 de junio de 2014.
C.C. 6.926 / jul. 4 v. jul. 11
POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Notifica a ZAMORA, JOSÉ y ZAMORA JUAN, en la causa Nº 2567-C Nº interno 2567-C seguida a los nombrados por infracción infracción a la Ley 8031, cuya resolución Infra se transcribe:
Banfield, 20 de noviembre de 2013. Autos y Vistos: Esta causa Nº 2567-C Nº interno 2567-C del registro de este Juzgado caratulada Zamora, José y Zamora Juan s/
Posible infracción a la Ley 8.031 y Considerando: Que se inicia esta causa con fecha 26 de noviembre de 2002 por la cual se les imputa a los infraccionados la posible infracción a la Ley 8031. Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, entiendo que analizadas las constancias de autos surge claramente de las actuaciones que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 33 de la Ley 8031 ya que opera la prescripción de la acción al año de cometida la falta. Por todo lo expuesto, es que Resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del encartado Zamora, José y Zamora Juan, en orden a la posible infracción a la Ley 8031, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada ley. Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8031. II Sobreseer al imputado José Francisco Zamora, titular de D.N.I. Nº 21.800.122, de nacionalidad argentino/ domiciliado en calle Helguera Nº 5073/ Avellaneda/ y al imputado Juan Ángel Zamora, titular de D.N.I. Nº 18.005.264, de nacionalidad argentino, domiciliado en calle Helguera Nº 5073, Avellaneda, en virtud de lo resuelto en el acápite I. Regístrese, notifíquese.
Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese.
Fdo. Ana María Tenuta. Juez. Ante mí: Marcela Di Marco.
Auxiliar Letrada. Otro decreto: Banfield, 17 de junio de 2014. Atento el tiempo transcurrido y no habiendo comparecido los infractores de autos, a los fines de no provocar dilaciones indebidas, notifíquese a Juan Ángel Zamora y José Francisco Zamora por intermedio de edictos la resolución que luce a foja 19/vta., los que se publicarán
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio. Fdo. Ana María Tenuta. Ante mí: Marcela Di Marco Auxiliar Letrada.
Secretaría, Banfield, 17 de junio de 2014.
C.C. 6.927 / jul. 4 v. jul. 11


POR 5 DÍAS - El Señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Manuel Barreiro, sito en la calle Larroque y Presidente Perona, 4to. Piso, sector D de Banfield, partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, cita y emplaza a DAVID EMANUEL ESQUIVEL O JOSÉ
MARTÍN ESQUIVEL cuyo D.N.I. se desconoce, quien dijo ser nacido el 26 de octubre de 1981 en Lanús Oeste, hijo de José Oscar y de Norma Beatriz Acosta, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado supra a estar a derecho en la causa Nº 0700-12210/11 Registro Interno Nº 5893, caratulada Esquivel José Martín o David Emanuel s/ Robo simple en grando de tentativa y resistencia a la autoridad. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena:
Lomas de Zamora, 11 de junio de 2014. En atención a lo que surge del informe de fs. 178 y visto lo informado a fs.
181 por la Sra. Defensora Oficial, en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P. A
dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo.- Fdo. Dr.
Manuel Barreiro, Juez Correccional. Dra. Delia Mabel Palmerini, Secretaria. Lomas de Zamora, 11 de junio de 2014.
C.C. 6.928 / jul. 4 v. jul. 11
POR 5 DÍAS - El Señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Camino Negro cuarto piso sector C Dr. Manuel Barreiro cita y emplaza a AYALA, DANIEL LEANDRO, poseedor del DNI Nº 33.708.410, nacido el 10 de abril de 1988, hijo de natural de Sandra Noemí Ayala, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado supra a estar a derecho en la causa Nº 783.479/5
Registro Interno Nº 2691, caratulada Duarte Roberto Ángel / Ayala Daniel Leandro / Vega Juan Domingo s/
Encubrimiento y otros. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Lomas de Zamora, 30 de octubre de 2012. I. En atención a lo que surge del informe de fs. 23 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su rebeldía Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. . Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional. Lomas de Zamora, 11 de junio de 2014.
C.C. 6.929 / jul. 4 v. jul. 11
POR 5 DÍASEl Señor Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Camino Negro, Banfield, Provincia de Buenos Aires, cuarto piso sector C
Dr. Manuel Barreiro cita y emplaza a, poseedor del DNI Nº nacido el, hijo de y, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado supra a estar a derecho en la causa Nº. 66.047/09 Registro Interno Nº 3194, caratulada CASADO CÉSAR ROBERTO
s/ Hurto simple en grado de tentativa Flagrancia. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena:
Lomas de Zamora, 17 de junio de 2014. En atención a lo que surge del informe de fs. 299 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P. A
dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/07/2014 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date08/07/2014

Page count13

Edition count3368

Première édition02/07/2010

Dernière édition15/05/2024

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