Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 22/11/2019

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

N.º 227 22 de noviembre de 2019

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Número 2496/19

JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 1 DE ÁVILA
D e c r e to Letrado/a de la Administración de Justicia D./D. MARÍA JESÚS MARTÍN CHICO.
En ÁVILA, a catorce de noviembre de dos mil diecinueve.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- JOSÉ LUIS MÉNDEZ GONZÁLEZ ha presentado demanda de ejecución frente a CROMADOS MAIR S.L.
SEGUNDO.- Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 11-6-19 por un total de 3.740,71 euros en concepto de principal.
TERCERO.- No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO.- Disponen los arts. 250 y 276 de la LJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/
la Letrado de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
a Declarar al/a los ejecutado/s CROMADOS MAIR S.L. en situación de INSOLVENCIA
TOTAL por importe de 3.740,71 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
b Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, sin perjuicio de reaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
c Procédase a su inscripción en el registro correspondiente.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos
15

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 22/11/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaysEspagne

Date22/11/2019

Page count16

Edition count3621

Première édition04/01/2010

Dernière édition11/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Noviembre 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930