Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 15/05/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

Nº 92

15 de mayo de 2018

ADMINISTRACIÓN LOCAL
Número 1217/18

AYUNTAMIENTO DE ÁVILA
A

n u n c i o
No habiendo constancia de que haya sido presentada, durante el plazo concedido al efecto, alegación, reclamación u observación alguna contra el acuerdo del Pleno Corporativo de este Excmo. Ayuntamiento de fecha 8 de marzo del año en curso, mediante el que se dispuso la aprobación inicial de la Ordenanza General de Subvenciones, que fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 57, de 21 de marzo de 2018, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, en su redacción dada mediante Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás normativa concordante, procede entender elevado a definitivo el mencionado acuerdo y el Reglamento citado, cuyo tenor se transcribe a continuación:
ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ÁVILA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I. Una parte importante de la actividad financiera del sector público se canaliza a través de subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con medidas de apoyo financiero, a demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas. Así, el Ayuntamiento de Ávila destina importantes recursos a la acción de fomento de actividades de carácter asistencial como manifestación del Estado de bienestar, de determinadas actividades privadas de interés público o como forma de fortalecer la participación ciudadana, una exigencia del Estado social y democrático de derecho. Esta acción de fomento que se canaliza, a través de la concesión de subvenciones públicas, tiene unos ámbitos de actuación muy diversos.
La aprobación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, supuso un paso más en la determinación de un marco normativo general de una de las modalidades más importantes del gasto público como son las subvenciones, a lo que hay que añadir las modificaciones realizadas por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, que han supuesto una mayor profundización en aspectos como la publicidad y la transparencia en las subvenciones que otorgan las entidades locales.
El artículo 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, dispone que las bases reguladoras de las subvenciones de las Corporaciones Locales se deberán aprobar en el marco de las bases de ejecución del presupuesto, a través de una ordenanza general de subvenciones o mediante una ordenanza específica para las distintas modalidades de subvenciones.
II. Hasta la fecha presente, el Ayuntamiento de Ávila ha contado, con el marco genérico de las bases de ejecución de los diversos presupuestos que regulan la concesión de subvenciones, y por ende, con un mínimo régimen común para su otorgamiento.
Sin embargo, la gran diversidad de actuaciones que se integran dentro de la actividad subvencional del Ayuntamiento y su relevancia social y económica -acrecentada en 4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 15/05/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaysEspagne

Date15/05/2018

Page count184

Edition count3613

Première édition04/01/2010

Dernière édition30/05/2024

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