Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 04/03/2011
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila
Boletín Oficial de la Provincia de Ávila Viernes, 4 de Marzo de 2011
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ADMINISTRACIÓN
E S TA D O
DEL
Número 693/11
J E FAT U R A
DEL
E S TA D O
El Boletín Oficial del Estado Núm. 43 de fecha 19
de Febrero de 2011, publicó el siguiente anuncio
Real Decreto-ley 2/2011, de 18 de febrero, para el reforzamiento del sistema financiero.
I
Las tensiones a las que se ha enfrentado el sistema financiero internacional desde el comienzo de la crisis han dificultado el cumplimiento de su función esencial como canalizador del crédito a la economía.
El incremento del coste y la disponibilidad de financiación ha afectado seriamente al desarrollo del conjunto de la economía real, limitando las posibilidades de crecimiento económico. Las dificultades del sistema financiero para cumplir esa función principal de canalización del ahorro a las necesidades de gasto de los agentes económicos han alcanzado tanto a los presupuestos familiares, como, muy especialmente, a la financiación de las pequeñas y medianas empresas, auténtico elemento nuclear de nuestro tejido empresarial.
En este contexto, el conjunto de las entidades de crédito se ha enfrentado, además de a severas restricciones al acceso a la financiación, a un deterioro relativo de sus activos, especialmente de aquellos relacionados con el sector inmobiliario, a un aumento notable de los préstamos calificados como dudosos y, finalmente, a la disminución de su negocio, como consecuencia tanto de la duración, intensidad y extensión de la crisis, como de la fuerte caída de la actividad económica provocada por la misma.
La crisis ha puesto de manifiesto la necesidad de garantizar por parte de los poderes públicos las bases para la existencia de un sistema financiero competitivo y sólido que facilite la intermediación entre los poseedores de recursos financieros y quienes tienen necesidades de inversión. Un sistema financiero bien estructurado constituye la principal garantía de que la economía productiva de un país puede disponer de la financiación que requiere para desarrollarse al máximo de su capacidad, generando riqueza y creación de empleo. Puede concluirse que todo este proceso
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se encuentra basado en la confianza, en la integridad de las instituciones y el buen funcionamiento de los mercados.
Esta importancia del sistema financiero justifica el carácter prioritario e ineludible de la intervención del Estado para asegurar su correcto funcionamiento.
En ese sentido, desde el comienzo de la crisis dos tipos de intervenciones se han venido produciendo en el contexto internacional. De un lado destacan aquellas medidas destinadas, si no a evitar, al menos sí a limitar las consecuencias de crisis futuras del sistema financiero en el conjunto de la economía: el refuerzo de la arquitectura financiera internacional; el fortalecimiento de la supervisión; y la adopción de nuevas y mucho más exigentes normas de capital para las entidades financieras son ejemplos de ello. De otro lado, destacan las medidas de apoyo al sector financiero, que los Estados individual o conjuntamente han adoptado para recuperar la confianza y mitigar las presiones de liquidez. En primer lugar, se ampliaron las coberturas de los sistemas de garantía correspondientes. Por otra parte, ante la contracción y casi desaparición de los mercados de financiación mayorista, algunos Estados, en paralelo al BCE, articularon mecanismos de fomento de liquidez. En tercer lugar, para hacer frente al deterioro de los recursos propios de los bancos se llevaron a cabo inyecciones de capital público en entidades, con distintos grados de dificultades. Finalmente, con el fin de aclarar el valor de los activos dañados de los bancos y facilitar la reestructuración de las entidades, algunos Estados aprobaron ayudas para sanear sus balances y se realizaron pruebas de resistencia a un conjunto amplio de entidades financieras El Gobierno de España, por su parte, ha venido impulsando desde el principio de la crisis una serie de medidas, que ahora se completan con el contenido del presente real decreto-ley, dirigidas a facilitar el acceso a la financiación de las entidades de crédito, salvaguardar la estabilidad del sistema, fomentar su restructuración y eficiencia, y velar, en último extremo, por la adecuada canalización del crédito hacia la economía real.
Esas medidas comenzaron con el reforzamiento de la garantía de los depósitos bancarios en sintonía con el conjunto de Estados miembros de la UE, seguido del apoyo a la liquidez de las entidades de crédito que se produjo mediante la compra de activos financieros de alta calidad a través del Fondo de Adquisición de Activos Financieros FAAF y la presta-