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Son títulos valores las cuotapartes de fondos comunes de inversión.
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1. Introducción*
Los fondos comunes de Inversión fueron regulados por la ley 24.083, las normas de la comisión nacional de Valores y además, cada fondo por su propio reglamento de gestión. Están constituidos por patrimonios que carecen de personalidad jurídica, que se hallan a cargo de una sociedad depositaria básicamente de custodia, y una sociedad gerente encargada de su administración.
Los titulares de las cuota partes son los suscriptores, propietarios de cierta porción de los activos del Fondo, sin que las sociedades Gerente y Depositaria tengan obligación de restituir con fondos propios las sumas aportadas por los cuotapartistas.
2. Interpretación
Los fondos comunes de inversión son denominados “Productos financieros colectivos” por la ley 26.831 de Mercado de capitales, al igual que los fideicomisos financieros.
Dispone el art. 18 de la ley 24.083, que las cuota partes que emita el fondo común se representaran en certificados de copropiedad nominativos o al portador en los que se dejará constancia de los derechos del titular de la copropiedad, y que deberán ser firmados por los representantes de ambas sociedades del fondo. También podrán emitirse cuotapartes escriturales, quedando a cargo de la sociedad depositaria el registro de cuotapartistas.
La disposición que comentamos indica que las cuotapartes emitidas por los Fondos poseen carácter de título valor, lo que implica que se les aplicará a los mencionados certificados nominativos, al portador o escriturales, la normativa del capítulo 6 sobre títulos valores que venimos analizando.
* Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación comentado / Gustavo Caramelo ; Sebastián Picasso ; Marisa Herrera - 1a ed. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Infojus, Sistema Argentino de Información
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