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- Espagne
T 890 , F 190, S 8, H VA 11289, I/A 8 ( 2.02.15).
Artículo 15º.- Los administradores ejercerán su cargo por tiempo indefinido. Los administradores podrán ser separados de su cargo en cualquier momento por los socios que representen la mayoría del capital social. Se establece en favor del órgano de administración una retribución que consistirá en.
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 26 del Lunes 9 de Febrero de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.