Je veux savoir à propos de…
- Espagne
T 2611 , F 89, S 8, H Z 11561, I/A 13 (13.11.14).
Artículo Decimonoveno. Carácter retribuido del cargo de administrador. 1.- El cargo de Administrador tendrá carácter retribuido. 2.- La retribución de quienes desempeñen dicho cargo consistirá, no en una participación en beneficios, sino en una cantidad fija establecida para cada ejercicio por la.
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 223 del Viernes 21 de Noviembre de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.