Je veux savoir à propos de…
- Espagne
"Artículo 29º.- El cargo de administrador y, en su caso, de miembro del Consejo de Administración será retribuido con una cantidad fija anual que se determinará y aprobará por la Junta Universal para cada año por todos los conceptos..
T 727 , F 170, S 8, H VA 8772, I/A 6 (30.01.14).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 25 del Jueves 6 de Febrero de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.