Je veux savoir à propos de…
- Espagne
Artículo de los estatutos: Artículo 2º. Objeto.- .
A) El carácter exclusivo de las agencias de seguros, en el sentido legal de mediación entre los tomadores de seguros y asegurados, de una parte y las entidades aseguradoras autorizadas para ejercer la actividad aseguradora privada de otra. B) Y servicios de gestión administrativa de toda índole a ot.
T 408 , F 47, S 8, H IL 9735, I/A 4 (24.09.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 188 del Miércoles 2 de Octubre de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.