Je veux savoir à propos de…
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ARTICULO 35. La duración del cargo de Administrador será por tiempo indefinido. Todo ello sin perjuicio del derecho de la junta de separar al administrador o consejero en cualquier momento. El cargo de administrador sera remunerado. La Junta General de la sociedad establecerá cada año la cuantia de.
T 6100, L 3406, F 189, S 8, H V 60804, I/A 5 (10.06.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 112 del Lunes 17 de Junio de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.