Je veux savoir à propos de…
- Espagne
27. Los Administradores sociales -miembros del Consejo de Administracion en su caso-, recibiran anualmente como contraprestacion por su dedicacion a la Sociedad, en calidad de administrador de la misma, la cantidad que por tal concepto se apruebe anualmente en Junta General.- . . . . . .
T 3240 , F 186, S 8, H M 55149, I/A 10 (30.11.12).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 236 del Martes 11 de Diciembre de 2012. Empresarios, Actos Inscritos.